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Miércoles 03 de Septiembre de 2014 - 16:35 hs
Adecuan el programa \\"Construir Empleo\\" para incluir más beneficiarios y subir montos
Según la resolución 2115 publicada hoy en el Boletín Oficial, la medida busca fortalecer las líneas del programa en concepto de asistencia económica para la ejecución de las obras y de incentivos para la incorporación de trabajadores desocupados.
La Secretaría de Empleo adecuó el reglamento del Programa “Construir Empleo” para incluir más beneficiados y como consecuencia de la mejoras en los salarios de los trabajadores del sector de la construcción y las variaciones de los costos de los rubros que resultan financiados.
Según la resolución 2115 publicada hoy en el Boletín Oficial, la medida busca fortalecer las líneas del programa en concepto de asistencia económica para la ejecución de las obras y de incentivos para la incorporación de trabajadores desocupados.
Podrán participar trabajadores desocupados mayores de 18 años incluidos en el Seguro de Capacitación y Empleo, en el Programa Jóvenes con más y mejor trabajo, o en otros programas o acciones ejecutados por la cartera laboral.
También los trabajadores desocupados mayores de 18 años que presenten dificultades de inserción en el empleo; así como los nucleados en Cooperativas de Trabajo de la construcción, preferentemente aquellos que hayan participado del Proyecto Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario; y los incluidos en el Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar).
En cuanto a la mano de obra y al Programa de Inserción Laboral, los trabajadores desocupados contratados bajo relación de dependencia por una entidad responsable en el marco del Programa de Inserción Laboral para la ejecución de un proyecto de obra, percibirán en forma directa y personal una ayuda económica mensual de hasta $ 2.700, por el plazo de duración del proyecto, que se podrán contabilizar como parte de los haberes remunerativos mensuales de los trabajadores.
En tanto, las entidades responsables que ejecuten el proyecto bajo la modalidad cooperativa de trabajo recibirán $212.800 por proyecto de 8 meses de duración; $114.000 por proyecto de 6 meses de duración; y $45.600 por proyecto de 4 meses de duración.
La entidad responsable deberá destinar dicha suma a los pagos periódicos acordados con la cooperativa de trabajo, de acuerdo a la duración del proyecto y al avance de la obra; para efectivizar cada pago deberá requerir a la cooperativa de trabajo la presentación de la factura correspondiente y la conformidad de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral.
Los trabajadores incorporados a un proyecto de obra en el marco de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo percibirán en forma directa y personal una ayuda económica no remunerativa mensual de $1.900, durante el plazo de duración del proyecto.
La entidad responsable podrá abonar a los trabajadores participantes una ayuda económica complementaria.
Por otra parte, la Secretaría de Empleo transferirá a la entidad responsable la suma de hasta $1.450 por cada trabajador o cooperativista que participe en un proyecto aprobado, para la compra de un kit de ropa de trabajo, elementos de seguridad y herramientas.
La Secretaría además asignará a la entidad responsable un aporte de $3.000 mensuales para su el pago de honorarios o remuneración del tutor, por el período de duración de cada proyecto aprobado, y financiará hasta el 80% del costo total de los materiales necesarios para la construcción de la obra, por un monto de hasta $ 464.000.
Dicho monto máximo se incrementará 20% cuando la obra se realice en las provincias de Chubut, Río Negro y Neuquén; y 60% en las provincias de Santa Cruz o Tierra del Fuego.
Por otra parte, la Secretaría financiará hasta el 80% del costo total de los materiales necesarios para la realización del proyecto, por un monto máximo de hasta $ 160.000.
El monto máximo de este aporte será definido, en cada caso, en concordancia con las características, metas y duración del proyecto,indica la resolución, entre otras especificaciones.
Según la resolución 2115 publicada hoy en el Boletín Oficial, la medida busca fortalecer las líneas del programa en concepto de asistencia económica para la ejecución de las obras y de incentivos para la incorporación de trabajadores desocupados.
Podrán participar trabajadores desocupados mayores de 18 años incluidos en el Seguro de Capacitación y Empleo, en el Programa Jóvenes con más y mejor trabajo, o en otros programas o acciones ejecutados por la cartera laboral.
También los trabajadores desocupados mayores de 18 años que presenten dificultades de inserción en el empleo; así como los nucleados en Cooperativas de Trabajo de la construcción, preferentemente aquellos que hayan participado del Proyecto Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario; y los incluidos en el Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar).
En cuanto a la mano de obra y al Programa de Inserción Laboral, los trabajadores desocupados contratados bajo relación de dependencia por una entidad responsable en el marco del Programa de Inserción Laboral para la ejecución de un proyecto de obra, percibirán en forma directa y personal una ayuda económica mensual de hasta $ 2.700, por el plazo de duración del proyecto, que se podrán contabilizar como parte de los haberes remunerativos mensuales de los trabajadores.
En tanto, las entidades responsables que ejecuten el proyecto bajo la modalidad cooperativa de trabajo recibirán $212.800 por proyecto de 8 meses de duración; $114.000 por proyecto de 6 meses de duración; y $45.600 por proyecto de 4 meses de duración.
La entidad responsable deberá destinar dicha suma a los pagos periódicos acordados con la cooperativa de trabajo, de acuerdo a la duración del proyecto y al avance de la obra; para efectivizar cada pago deberá requerir a la cooperativa de trabajo la presentación de la factura correspondiente y la conformidad de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral.
Los trabajadores incorporados a un proyecto de obra en el marco de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo percibirán en forma directa y personal una ayuda económica no remunerativa mensual de $1.900, durante el plazo de duración del proyecto.
La entidad responsable podrá abonar a los trabajadores participantes una ayuda económica complementaria.
Por otra parte, la Secretaría de Empleo transferirá a la entidad responsable la suma de hasta $1.450 por cada trabajador o cooperativista que participe en un proyecto aprobado, para la compra de un kit de ropa de trabajo, elementos de seguridad y herramientas.
La Secretaría además asignará a la entidad responsable un aporte de $3.000 mensuales para su el pago de honorarios o remuneración del tutor, por el período de duración de cada proyecto aprobado, y financiará hasta el 80% del costo total de los materiales necesarios para la construcción de la obra, por un monto de hasta $ 464.000.
Dicho monto máximo se incrementará 20% cuando la obra se realice en las provincias de Chubut, Río Negro y Neuquén; y 60% en las provincias de Santa Cruz o Tierra del Fuego.
Por otra parte, la Secretaría financiará hasta el 80% del costo total de los materiales necesarios para la realización del proyecto, por un monto máximo de hasta $ 160.000.
El monto máximo de este aporte será definido, en cada caso, en concordancia con las características, metas y duración del proyecto,indica la resolución, entre otras especificaciones.
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