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Jueves 10 de Julio de 2014 - 16:54 hs
El Gobierno ordenó profundizar los controles a las bitcoins
La UIF pidió realizar un seguimiento de las operaciones realizadas con las \\"monedas virtuales\\". Es para evitar que sean utilizadas en lavado y terrorismo. Entidades y empresas deberán informar cada mes.
La Unidad de Información Financiera (UIF) ordenó a bancos, entidades financieras, empresas y sujetos que están bajo las regulaciones anti lavado a disponer más controles sobre las transacciones concretadas con monedas virtuales, como la famosa "bitcoin".
A través de la resolución 300, publicada hoy en el Boletín Oficial, la agencia conducida por José Sbattella mandata "prestar especial atención al riesgo que implican las operaciones efectuadas con monedas virtuales y establecer un seguimiento reforzado, evaluando que se ajusten al perfil del cliente que las realiza, de conformidad con la política de conocimiento del cliente que hayan implementado".
El organismo busca reducir las vulnerabilidades que conlleva este medio de pago digital para el sistema de prevención de delitos como el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La normativa describe a estas monedas virtuales como la "representación digital de valor que puede ser objeto de comercio digital y cuyas funciones son la de constituir un medio de intercambio, y/o una unidad de cuenta, y/o una reserva de valor, pero que no tienen curso legal, ni se emiten, ni se encuentran garantizadas por ningún país o jurisdicción".
"Se diferencian del dinero electrónico, que es un mecanismo para transferir digitalmente monedas fiduciarias, es decir, mediante el cual se transfieren electrónicamente monedas que tienen curso legal en algún país o jurisdicción", amplía el escrito en el artículo 2.
La disposición, que entrará en vigencia desde el 1 de agosto, establece que las organizaciones y sujetos jurídicos alcanzados por el artículo 20 de la Ley 25.246, deberán informar mensualmente a la UIF toda actividad efectuada con bitcoins. Los reportes, en tanto, tendrán que presentarse hasta el 15 de cada mes desde septiembre de este año.
Con la nueva normativa, la UIF se ajusta a los estándares establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que alertó en enero y junio de este año los riesgos que suponen las monedas virtuales, como el anonimato, algo que impide la trazabilidad de las operaciones.
Creado en 2009, el sistema Bitcoin ha cultivado partidarios y detractores. A comienzos de este año, la moneda entró en una profunda crisis cuando varias plataformas -como la japonesa MtGox- concluyeron con su actividad, lo que significó pérdidas importantes a los inversores que depositaron su confianza en esos activos.
Se trata de una moneda con altísima fluctuación de valor. En febrero de 2011, apenas costaba menos de un dólar, una cotización que contrasta fuertemente con el máximo alcanzado de 1240 dólares en noviembre del año pasado. Luego se desplomó fuertemente: hoy en día, se intercambia por algo más de 600 dólares.
A través de la resolución 300, publicada hoy en el Boletín Oficial, la agencia conducida por José Sbattella mandata "prestar especial atención al riesgo que implican las operaciones efectuadas con monedas virtuales y establecer un seguimiento reforzado, evaluando que se ajusten al perfil del cliente que las realiza, de conformidad con la política de conocimiento del cliente que hayan implementado".
El organismo busca reducir las vulnerabilidades que conlleva este medio de pago digital para el sistema de prevención de delitos como el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La normativa describe a estas monedas virtuales como la "representación digital de valor que puede ser objeto de comercio digital y cuyas funciones son la de constituir un medio de intercambio, y/o una unidad de cuenta, y/o una reserva de valor, pero que no tienen curso legal, ni se emiten, ni se encuentran garantizadas por ningún país o jurisdicción".
"Se diferencian del dinero electrónico, que es un mecanismo para transferir digitalmente monedas fiduciarias, es decir, mediante el cual se transfieren electrónicamente monedas que tienen curso legal en algún país o jurisdicción", amplía el escrito en el artículo 2.
La disposición, que entrará en vigencia desde el 1 de agosto, establece que las organizaciones y sujetos jurídicos alcanzados por el artículo 20 de la Ley 25.246, deberán informar mensualmente a la UIF toda actividad efectuada con bitcoins. Los reportes, en tanto, tendrán que presentarse hasta el 15 de cada mes desde septiembre de este año.
Con la nueva normativa, la UIF se ajusta a los estándares establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que alertó en enero y junio de este año los riesgos que suponen las monedas virtuales, como el anonimato, algo que impide la trazabilidad de las operaciones.
Creado en 2009, el sistema Bitcoin ha cultivado partidarios y detractores. A comienzos de este año, la moneda entró en una profunda crisis cuando varias plataformas -como la japonesa MtGox- concluyeron con su actividad, lo que significó pérdidas importantes a los inversores que depositaron su confianza en esos activos.
Se trata de una moneda con altísima fluctuación de valor. En febrero de 2011, apenas costaba menos de un dólar, una cotización que contrasta fuertemente con el máximo alcanzado de 1240 dólares en noviembre del año pasado. Luego se desplomó fuertemente: hoy en día, se intercambia por algo más de 600 dólares.
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