La cuadra ubicada entre La Paz y López y Planes es sumamente transitada. Los vecinos piden que se reparte la zona, ya que no cuentan con presión de agua en sus domicilios y la calle se está hundiendo.
Lunes 02 de Diciembre de 2013 - 20:24 hs
Confirman el procesamiento de Moreno por \\"abuso de autoridad\\"
El mismo día que abandonó la Secretaría de Comercio Interior, la Cámara Federal porteña confirmó este lunes el procesamiento por abuso de autoridad contra Guillermo Moreno, quien multó presuntamente de forma irregular a una consultora privada que midió los índices de inflación.
La Sala II ratificó el procesamiento de Moreno dictado en primera instancia por el juez Claudio Bonadío, a raíz de la multa que el funcionario realizó contra la consultora Finsoport, del economista Jorge Todesca.
Por esta causa, diputados de la oposición habían solicitado a Bonadío que prohibiera la salida del país del funcionario, designado como agregado económico de la Embajada Argentina en Italia. No obstante, a raíz de esa presentación, Moreno se comprometió a estar disponible de la Justicia cada vez que ésta lo requiera.
En la resolución, los camaristas instaron a que Bonadío mande a juicio a Moreno con la mayor rapidez posible. "Están dadas las condiciones para que la situación de Moreno, Adalberto Gabriel Rotella y Fernando Antonio Carro avance decididamente hacia la etapa de debate", resaltó la Cámara.
"El delito de abuso de autoridad, por el que se responsabilizó a Guillermo Moreno, Carro y Rotella, se configura cuando el funcionario público, dolosamente, dicta órdenes o resoluciones atribuyéndose una facultad que ni las constituciones ni las leyes le confieren", explicó el fallo.
Los camaristas reprocharon al exsecretario que en el caso en cuestión "no se dio intervención a un área destinada a dictaminar sobre ese tipo de asuntos, máxime cuando en el ámbito del Ministerio de Economía existía la Dirección de Legales del Área de Comercio Interior", cuyas funciones incluyen las de "asesorar jurídicamente a las autoridades de la Secretaría de Comercio en los aspectos técnico-legales de las cuestiones planteadas en el ámbito de ese organismo".
"Eso no es todo. Antes que venciera su plazo para presentar descargo, Finsoport S.A. recibió en el domicilio constituido en este expediente por su representante legal, un nuevo requerimiento formulado por la Secretaría de Comercio Interior donde se hacía referencia a otra actuación administrativa", recalcó el Tribunal.
Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun concluyeron que Moreno tuvo un "accionar arbitrario", al tiempo que consideraron que para "el querellante los hechos implicaron una afectación a su derecho a la libertad de expresión".
"Lo único con que contaban los imputados, previo a materializar toda la actuación abusiva revelada, era con contenidos de notas periodísticas donde miembros de la consultora habían supuestamente manifestado su visión acerca de fenómenos económicos en curso. Y que esa visión, aparentemente -siempre según los artículos de mención-, difería de información que comúnmente difundían organismos estatales", determinó la Cámara.
En ese sentido, advirtió que "nada autoriza a que agentes públicos se hayan arrogado una competencia que la ley no les asignaba, para formar irregularmente un sumario; instruirlo contra una empresa de particulares desestimando arbitrariamente sus argumentos de defensa; intimarla invocando normas no aplicables a su situación, sin explicar causa y motivo; sancionarla ilegítimamente al pago de elevadas sumas dinerarias; y luego demorar el trámite pertinente cuando la damnificada reclamaba una revisión judicial".
De esta forma, rechazaron las nulidades presentadas por la defensa del exfuncionario y confirmaron el procesamiento de Moreno y otros dos funcionarios de la Secretaría.
La Sala II ratificó el procesamiento de Moreno dictado en primera instancia por el juez Claudio Bonadío, a raíz de la multa que el funcionario realizó contra la consultora Finsoport, del economista Jorge Todesca.
Por esta causa, diputados de la oposición habían solicitado a Bonadío que prohibiera la salida del país del funcionario, designado como agregado económico de la Embajada Argentina en Italia. No obstante, a raíz de esa presentación, Moreno se comprometió a estar disponible de la Justicia cada vez que ésta lo requiera.
En la resolución, los camaristas instaron a que Bonadío mande a juicio a Moreno con la mayor rapidez posible. "Están dadas las condiciones para que la situación de Moreno, Adalberto Gabriel Rotella y Fernando Antonio Carro avance decididamente hacia la etapa de debate", resaltó la Cámara.
"El delito de abuso de autoridad, por el que se responsabilizó a Guillermo Moreno, Carro y Rotella, se configura cuando el funcionario público, dolosamente, dicta órdenes o resoluciones atribuyéndose una facultad que ni las constituciones ni las leyes le confieren", explicó el fallo.
Los camaristas reprocharon al exsecretario que en el caso en cuestión "no se dio intervención a un área destinada a dictaminar sobre ese tipo de asuntos, máxime cuando en el ámbito del Ministerio de Economía existía la Dirección de Legales del Área de Comercio Interior", cuyas funciones incluyen las de "asesorar jurídicamente a las autoridades de la Secretaría de Comercio en los aspectos técnico-legales de las cuestiones planteadas en el ámbito de ese organismo".
"Eso no es todo. Antes que venciera su plazo para presentar descargo, Finsoport S.A. recibió en el domicilio constituido en este expediente por su representante legal, un nuevo requerimiento formulado por la Secretaría de Comercio Interior donde se hacía referencia a otra actuación administrativa", recalcó el Tribunal.
Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun concluyeron que Moreno tuvo un "accionar arbitrario", al tiempo que consideraron que para "el querellante los hechos implicaron una afectación a su derecho a la libertad de expresión".
"Lo único con que contaban los imputados, previo a materializar toda la actuación abusiva revelada, era con contenidos de notas periodísticas donde miembros de la consultora habían supuestamente manifestado su visión acerca de fenómenos económicos en curso. Y que esa visión, aparentemente -siempre según los artículos de mención-, difería de información que comúnmente difundían organismos estatales", determinó la Cámara.
En ese sentido, advirtió que "nada autoriza a que agentes públicos se hayan arrogado una competencia que la ley no les asignaba, para formar irregularmente un sumario; instruirlo contra una empresa de particulares desestimando arbitrariamente sus argumentos de defensa; intimarla invocando normas no aplicables a su situación, sin explicar causa y motivo; sancionarla ilegítimamente al pago de elevadas sumas dinerarias; y luego demorar el trámite pertinente cuando la damnificada reclamaba una revisión judicial".
De esta forma, rechazaron las nulidades presentadas por la defensa del exfuncionario y confirmaron el procesamiento de Moreno y otros dos funcionarios de la Secretaría.
Fuente: ambito
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