María Pía Camuglia Yost es oriunda de Maciel (departamento San Jerónimo). Con gran esfuerzo de ella y su familia consiguió la medalla dorada. Hablamos con ella y con su mamá, Nadia. Escuchalas.
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Martes 29 de Octubre de 2013 - 13:04 hs
Adecuan aportes del monotributo y de autónomos
La AFIP estableció en $146, a partir de noviembre, el valor de la cotización fija con destino al seguro de salud y obras sociales. Además elevó en 14,41% el aporte de los trabajadores autónomos y de empleados con altos salarios, en aplicación de la movilidad semestral de las jubilaciones y pensiones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó hoy el monto de las contribuciones fijas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo).
El organismo recaudador elevó, por otra parte, en 14,41% el aporte de los trabajadores autónomos y de empleados con altos salarios, en aplicación de la movilidad semestral de las jubilaciones y pensiones.
Las medidas fueron dispuestas a través de las resoluciones generales 3533 y 3534 de la AFIP, publicadas con la firma de su titular, Ricardo Echegaray, en el Boletín Oficial.
En el caso del monotributo, la primera de esas resoluciones estableció en 146 pesos, a partir de noviembre, el valor de la cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales.
La adecuación se justifica en "razones de administración tributaria y la necesidad de mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional de Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales".
Se podrá de este modo "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas, en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el Gobierno Nacional", explica la medida de la AFIP.
Por otra parte, en el caso de los trabajadores autónomos y empleados con sueldos elevados, la resolución 3.534 eleva el cálculo de los aportes, en coincidencia con el porcentaje de ajuste semestral dispuesto por la ley de movilidad jubilatoria, en marzo y septiembre de cada año.
La AFIP actualizó también los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a 861 y 28 mil pesos mensuales, respectivamente.
Para los autónomos de la categoría más baja, que incluye a quienes trabajan en la prestación de servicios y facturan al año hasta 20 mil pesos, y a quienes ejercen el comercio y tienen ingresos de hasta 25 mil anuales, la contribución mensual pasó de 401,6 a 459,4 pesos.
En la siguiente categoría, que incluye a aquellos con facturaciones superiores a esas cifras, el aporte se ajustó de 562,2 a 643,2 pesos.
Por su parte, los trabajadores en relación de dependencia que ganen 28 mil pesos mensuales o más (en bruto) deben aportar 3.080 pesos para la jubilación y 1.680 para el seguro de salud.
Esos aportes, sin embargo, se deducen automáticamente de la base imponible de Ganancias, por lo que puede existir una compensación parcial del menor salario de bolsillo.
El organismo recaudador elevó, por otra parte, en 14,41% el aporte de los trabajadores autónomos y de empleados con altos salarios, en aplicación de la movilidad semestral de las jubilaciones y pensiones.
Las medidas fueron dispuestas a través de las resoluciones generales 3533 y 3534 de la AFIP, publicadas con la firma de su titular, Ricardo Echegaray, en el Boletín Oficial.
En el caso del monotributo, la primera de esas resoluciones estableció en 146 pesos, a partir de noviembre, el valor de la cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales.
La adecuación se justifica en "razones de administración tributaria y la necesidad de mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional de Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales".
Se podrá de este modo "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas, en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el Gobierno Nacional", explica la medida de la AFIP.
Por otra parte, en el caso de los trabajadores autónomos y empleados con sueldos elevados, la resolución 3.534 eleva el cálculo de los aportes, en coincidencia con el porcentaje de ajuste semestral dispuesto por la ley de movilidad jubilatoria, en marzo y septiembre de cada año.
La AFIP actualizó también los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a 861 y 28 mil pesos mensuales, respectivamente.
Para los autónomos de la categoría más baja, que incluye a quienes trabajan en la prestación de servicios y facturan al año hasta 20 mil pesos, y a quienes ejercen el comercio y tienen ingresos de hasta 25 mil anuales, la contribución mensual pasó de 401,6 a 459,4 pesos.
En la siguiente categoría, que incluye a aquellos con facturaciones superiores a esas cifras, el aporte se ajustó de 562,2 a 643,2 pesos.
Por su parte, los trabajadores en relación de dependencia que ganen 28 mil pesos mensuales o más (en bruto) deben aportar 3.080 pesos para la jubilación y 1.680 para el seguro de salud.
Esos aportes, sin embargo, se deducen automáticamente de la base imponible de Ganancias, por lo que puede existir una compensación parcial del menor salario de bolsillo.
Fuente: gobierno de santa fe
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