María Pía Camuglia Yost es oriunda de Maciel (departamento San Jerónimo). Con gran esfuerzo de ella y su familia consiguió la medalla dorada. Hablamos con ella y con su mamá, Nadia. Escuchalas.
Jueves 17 de Octubre de 2013 - 00:38 hs
Confirman condena por aborto contra intendente catamarqueño
Actualizado: Jueves 10 de Marzo de 2016 - 05:16 hs
La Corte Suprema dejó firme una condena de tres años de prisión en suspenso contra el actual intendente de la ciudad catamarqueña de Recreo, Daniel Polti, a quien se lo causa de haber causado la muerte de una mujer tras practicársele un aborto clandestino.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal también condenó a la enfermera que lo asistió durante el aborto a un año y dos meses de cárcel en suspenso.
Los jueces Enrique Petracchi, Elena Higthon de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay no hicieron lugar a un recurso de queja planteado por Polti y por la enfermera Zulema Lobos, ambos condenados en esta causa.
Los dos están imputados por el aborto que se le practicó a la paciente Nancy Verónica Ibáñez, quien falleció a causa del mismo tras una hemorragia.
El intendente Polti, de profesión médico clínico, también fue condenado por la inhabilitación para ejercer como tal por seis años y el pago de una indemnización a la familia de la víctima de 180 mil pesos.
El 29 de diciembre de 2010 la Cámara en lo Penal Nº 2 de Catamarca impuso las condenas por el aborto practicado a una joven de 22 años en el sanatorio Nueva Clínica de Recreo practicado el 27 de enero de 2007.
Esa práctica abortiva derivó el 3 de febrero de ese año en la muerte de la joven en el Hospital San Juan Bautista, y para la fecha Polti era concejal.
En 2012 la Corte catamarqueña confirmó la sentencia por el delito de "aborto seguido de muerte", al rechazar el planteo de los abogados defensores de Polti.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal también condenó a la enfermera que lo asistió durante el aborto a un año y dos meses de cárcel en suspenso.
Los jueces Enrique Petracchi, Elena Higthon de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay no hicieron lugar a un recurso de queja planteado por Polti y por la enfermera Zulema Lobos, ambos condenados en esta causa.
Los dos están imputados por el aborto que se le practicó a la paciente Nancy Verónica Ibáñez, quien falleció a causa del mismo tras una hemorragia.
El intendente Polti, de profesión médico clínico, también fue condenado por la inhabilitación para ejercer como tal por seis años y el pago de una indemnización a la familia de la víctima de 180 mil pesos.
El 29 de diciembre de 2010 la Cámara en lo Penal Nº 2 de Catamarca impuso las condenas por el aborto practicado a una joven de 22 años en el sanatorio Nueva Clínica de Recreo practicado el 27 de enero de 2007.
Esa práctica abortiva derivó el 3 de febrero de ese año en la muerte de la joven en el Hospital San Juan Bautista, y para la fecha Polti era concejal.
En 2012 la Corte catamarqueña confirmó la sentencia por el delito de "aborto seguido de muerte", al rechazar el planteo de los abogados defensores de Polti.
Fuente: na
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