Franco Andino, un técnico en microelectrónica de 32 años, fue reconocido oficialmente por la agencia espacial estadounidense tras reportar una vulnerabilidad de alto grado que exponía credenciales y datos confidenciales de científicos.
Lunes 22 de Julio de 2013 - 20:17 hs
Cristina firmó la reglamentación de la ley de fertilidad
La presidente Cristina de Kirchner confirmó que firmó el decreto para reglamentar la Ley de Reproducción Médicamente Asistida, sancionada por el Congreso Nacional el 5 de junio pasado y promulgada por el Poder Ejecutivo el 26 del mismo mes. Lo dijo durante un acto en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora, durante la inauguración de un hogar para mujeres víctimas de la violencia doméstica.
"El viernes firmé el decreto 956 de reglamentación de la fertilidad asistida. Hemos introducido como autoridad de aplicación además del Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Servicios de Salud, para que ni las obras sociales ni las prepagas se hagan las vivas", sostuvo la primera mandataria al especificar que los procedimientos estarán incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
A su vez, informó que la norma no especifica un tope de edad para solicitar las técnicas, al aclarar que no fue incluido "el límite de 45 años para las mujeres que desean ser fertilizadas".
Por otra parte, explicó que la ley alcanza a "las parejas de matrimonios igualitarios, para que sean sujetos de derecho de la fertilidad asistida".
"Tengo un hijo de 36 y otra de 23 y en el medio tuve una experiencia muy traumática de pérdida de embarazo", concluyó.
La Ley 26.862 obliga entiende como reproducción médicamente asistida a los "procedimientos y técnicas realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo".
"Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones. Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico-científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación", especifica el texto.
"El viernes firmé el decreto 956 de reglamentación de la fertilidad asistida. Hemos introducido como autoridad de aplicación además del Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Servicios de Salud, para que ni las obras sociales ni las prepagas se hagan las vivas", sostuvo la primera mandataria al especificar que los procedimientos estarán incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
A su vez, informó que la norma no especifica un tope de edad para solicitar las técnicas, al aclarar que no fue incluido "el límite de 45 años para las mujeres que desean ser fertilizadas".
Por otra parte, explicó que la ley alcanza a "las parejas de matrimonios igualitarios, para que sean sujetos de derecho de la fertilidad asistida".
"Tengo un hijo de 36 y otra de 23 y en el medio tuve una experiencia muy traumática de pérdida de embarazo", concluyó.
La Ley 26.862 obliga entiende como reproducción médicamente asistida a los "procedimientos y técnicas realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo".
"Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones. Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico-científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación", especifica el texto.
Fuente: ambito
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