Desde el Centro Comercial de Santa Fe, Jorge Baremberg trazó un panorama preocupante sobre la realidad que atraviesa el sector en la ciudad.
Hoy - Abaratan préstamos
Viernes 19 de Julio de 2013 - 07:37 hs
El Banco Central limita los costos de créditos y otros servicios financieros
Aprobó ayer una nueva norma de protección al usuario. La medida busca abaratar el crédito y eliminar cargos operativos. Regirá a partir del 30 de septiembre próximo. Estiman que la reducción podría llegar hasta 8 puntos la tasa de préstamo.
El Directorio del Banco Central aprobó ayer una normativa de protección a los usuarios de servicios financieros que, entre otros ítems, busca reducir el costo de los créditos eliminando cargos administrativos y comisiones. Según entidades privadas, la nueva regulación podría reducir hasta 8 puntos porcentuales la tasa de un préstamo.
Desde el 30 de septiembre próximo, día en que comenzará a regir la normativa, los bancos deberán cobrar cargos y comisiones que representen un costo real, directo y demostrable que deberá estar justificado a nivel técnico y económico.
La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros, explicó un comunicado de BCRA y agregó que tampoco serán admitidos los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios.
Bajo esos principios generales, la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont aseguró que impedirá de manera expresa que los bancos cobren a sus clientes por la generación de resúmenes de cuenta, el envío virtual de esos mismos resúmenes y los movimientos de dinero por ventanilla. Tampoco podrán incluir en el costo de los créditos que otorgan comisiones por la contratación de seguros ni costos por evaluación, otorgamiento o administración.
En una entidad calcularon que las nuevas normas podrían limar entre 7 y 8 puntos porcentuales de la tasa que cobran por préstamos. Por ejemplo, en un préstamo personal que tiene un costo de entre el 50% y el 70% anual, significaría un abaratamiento del 10%.
Antes de sacar la norma aseguraron a las cámaras que la norma no iba a afectar al núcleo del negocio, dijeron en otro banco. Todavía falta ver la letra chica, pero en principio parecen normas laxas y difíciles de aplicar, agregaron. Voceros del BCRA explicaron que el objetivo es eliminar todo costo ajeno a la actividad financiera en sí.
El concepto de gastos varios que pagan algunos usuarios de cajas de ahorro, por ejemplo, debería transformarse en un cargo específico o desaparecer, ejemplificaron.
Servicios prestados por terceros, como seguros de vida o contra impago, sólo podrán trasladarse al cliente al costo, sin adicionales, agregaron.
El grueso de la munición de la normativa apunta a regular el costo financiero total (CFT) de los créditos que otorgan los bancos, es decir, los costos que cobran los bancos por encima de la tasa propiamente dicha.
Un préstamo a una tasa nominal del 30% anual puede alcanzar un CFT de más del doble de esa cifra.
Así, por ejemplo, las entidades financieras ya no podrán publicar sólo la tasa nominal o la tasa efectiva anual que cobran a sus deudores, sino que deberán especificar el CFT. En caso de no cumplir con esta obligación, los bancos deberán cobrar a los afectados una tasa igual a la que pagan por los plazos fijos, a modo de castigo.
Entre los cargos que no podrán cobrar figuran comisiones por seguros de saldo deudor o de vida, una parte importante del CFT. Además, estarán obligados a ofrecer al menos tres empresas de seguros para que cada cliente elija cuál prefiere.
Con esta nueva norma que aprobó el Directorio estamos afianzando la protección a los usuarios del sistema financiero, evitando situaciones abusivas y cobros indebidos de cargos y comisiones. Todas estas decisiones favorecerán a los usuarios con una reducción del costo de operar con el sistema financiero, celebró Marcó del Pont en el comunicado del BCRA.
Desde el 30 de septiembre próximo, día en que comenzará a regir la normativa, los bancos deberán cobrar cargos y comisiones que representen un costo real, directo y demostrable que deberá estar justificado a nivel técnico y económico.
La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros, explicó un comunicado de BCRA y agregó que tampoco serán admitidos los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios.
Bajo esos principios generales, la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont aseguró que impedirá de manera expresa que los bancos cobren a sus clientes por la generación de resúmenes de cuenta, el envío virtual de esos mismos resúmenes y los movimientos de dinero por ventanilla. Tampoco podrán incluir en el costo de los créditos que otorgan comisiones por la contratación de seguros ni costos por evaluación, otorgamiento o administración.
En una entidad calcularon que las nuevas normas podrían limar entre 7 y 8 puntos porcentuales de la tasa que cobran por préstamos. Por ejemplo, en un préstamo personal que tiene un costo de entre el 50% y el 70% anual, significaría un abaratamiento del 10%.
Antes de sacar la norma aseguraron a las cámaras que la norma no iba a afectar al núcleo del negocio, dijeron en otro banco. Todavía falta ver la letra chica, pero en principio parecen normas laxas y difíciles de aplicar, agregaron. Voceros del BCRA explicaron que el objetivo es eliminar todo costo ajeno a la actividad financiera en sí.
El concepto de gastos varios que pagan algunos usuarios de cajas de ahorro, por ejemplo, debería transformarse en un cargo específico o desaparecer, ejemplificaron.
Servicios prestados por terceros, como seguros de vida o contra impago, sólo podrán trasladarse al cliente al costo, sin adicionales, agregaron.
El grueso de la munición de la normativa apunta a regular el costo financiero total (CFT) de los créditos que otorgan los bancos, es decir, los costos que cobran los bancos por encima de la tasa propiamente dicha.
Un préstamo a una tasa nominal del 30% anual puede alcanzar un CFT de más del doble de esa cifra.
Así, por ejemplo, las entidades financieras ya no podrán publicar sólo la tasa nominal o la tasa efectiva anual que cobran a sus deudores, sino que deberán especificar el CFT. En caso de no cumplir con esta obligación, los bancos deberán cobrar a los afectados una tasa igual a la que pagan por los plazos fijos, a modo de castigo.
Entre los cargos que no podrán cobrar figuran comisiones por seguros de saldo deudor o de vida, una parte importante del CFT. Además, estarán obligados a ofrecer al menos tres empresas de seguros para que cada cliente elija cuál prefiere.
Con esta nueva norma que aprobó el Directorio estamos afianzando la protección a los usuarios del sistema financiero, evitando situaciones abusivas y cobros indebidos de cargos y comisiones. Todas estas decisiones favorecerán a los usuarios con una reducción del costo de operar con el sistema financiero, celebró Marcó del Pont en el comunicado del BCRA.
Fuente: cronista.com
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