Desde el Centro Comercial de Santa Fe, Jorge Baremberg trazó un panorama preocupante sobre la realidad que atraviesa el sector en la ciudad.
Miércoles 17 de Julio de 2013 - 00:43 hs
Será obligatorio el doblaje al español de películas y series extranjeras
El gobierno nacional reglamentó hoy la ley Nº 23.316, que establece el doblaje al español de películas y series extranjeras en canales y señales de televisión a lo largo del país, incluyendo los avisos publicitarios y avances de programa que se emitan.
El decreto 933/2013, publicado en el Boletín Oficial, se funda en una vieja ley sancionada por el Congreso en 1986, que nunca fue aplicada, y la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), votada en 2009 durante la disputa del Gobierno con el Grupo Clarín.
De acuerdo al escrito, la programación que sea divulgada a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados en la normativa, "debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios".
Al respecto, la medida establece como idioma oficial "al castellano neutro según su uso corriente" en el país, aclaración que apunta a que el doblaje garantice "su comprensión para todo el público de la América hispanohablante". Además, se aclara que "su utilización no deberá desnaturalizar las obras, particularmente en lo que refiere a la composición de personajes que requieran de lenguaje típico".
Sin embargo, habrá excepciones que tranquilizarán al consumidor tradicional de clase media que prefiere los contenidos en su idioma original. A saber, la "ley de Medios" excluye a las señales de cable donde habitualmente se difunden películas y series en idioma extranjero para un público latinoamericano.
Según reza el artículo 9 de la LSCA, quedan excluidos "los programas dirigidos a públicos ubicados fuera de las fronteras nacionales, los destinados a la enseñanza de idiomas extranjeros, los que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados, la programación especial destinada a comunidades extranjeras habitantes o residentes en el país, la programación originada en convenios de reciprocidad; letras de las composiciones musicales, poéticas o literarias, y las señales de alcance internacional que se reciban en el territorio nacional".
Adelanto y multas
Ayer, la presidente de la Nación adelantó el decreto que empieza a aplicarse desde hoy durante la reinauguración del Cine Gaumont, donde presentó las obras de renovación edilicia y técnica de la histórica sala ubicada en la avenida Rivadavia 1635.
En el acto que encabezó en compañía de actores de teatro y cine, Cristina Kirchner anticipó la firma del instrumento que "pone en vigencia algo que era letra muerta en la Argentina, la Ley de obligación de doblaje nacional".
"Esta ley data del año 1988, si mal no recuerdo, su decreto reglamentario, pero nadie lo hacía cumplir. Hemos instrumentado un decreto, con obligaciones muy puntuales para el AFSCA, que va a aplicar multas a todas aquellas empresas que no cumplan con las obligaciones del doblaje nacional y todos los resultados de esas multas va a ir al fondo, que administra el INCAA", explicó ayer la presidente al auditorio.
El decreto 933/2013, publicado en el Boletín Oficial, se funda en una vieja ley sancionada por el Congreso en 1986, que nunca fue aplicada, y la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), votada en 2009 durante la disputa del Gobierno con el Grupo Clarín.
De acuerdo al escrito, la programación que sea divulgada a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados en la normativa, "debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios".
Al respecto, la medida establece como idioma oficial "al castellano neutro según su uso corriente" en el país, aclaración que apunta a que el doblaje garantice "su comprensión para todo el público de la América hispanohablante". Además, se aclara que "su utilización no deberá desnaturalizar las obras, particularmente en lo que refiere a la composición de personajes que requieran de lenguaje típico".
Sin embargo, habrá excepciones que tranquilizarán al consumidor tradicional de clase media que prefiere los contenidos en su idioma original. A saber, la "ley de Medios" excluye a las señales de cable donde habitualmente se difunden películas y series en idioma extranjero para un público latinoamericano.
Según reza el artículo 9 de la LSCA, quedan excluidos "los programas dirigidos a públicos ubicados fuera de las fronteras nacionales, los destinados a la enseñanza de idiomas extranjeros, los que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados, la programación especial destinada a comunidades extranjeras habitantes o residentes en el país, la programación originada en convenios de reciprocidad; letras de las composiciones musicales, poéticas o literarias, y las señales de alcance internacional que se reciban en el territorio nacional".
Adelanto y multas
Ayer, la presidente de la Nación adelantó el decreto que empieza a aplicarse desde hoy durante la reinauguración del Cine Gaumont, donde presentó las obras de renovación edilicia y técnica de la histórica sala ubicada en la avenida Rivadavia 1635.
En el acto que encabezó en compañía de actores de teatro y cine, Cristina Kirchner anticipó la firma del instrumento que "pone en vigencia algo que era letra muerta en la Argentina, la Ley de obligación de doblaje nacional".
"Esta ley data del año 1988, si mal no recuerdo, su decreto reglamentario, pero nadie lo hacía cumplir. Hemos instrumentado un decreto, con obligaciones muy puntuales para el AFSCA, que va a aplicar multas a todas aquellas empresas que no cumplan con las obligaciones del doblaje nacional y todos los resultados de esas multas va a ir al fondo, que administra el INCAA", explicó ayer la presidente al auditorio.
Fuente: infobae
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