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Martes 25 de Junio de 2013 - 10:15 hs
Rossi designó administrador del Instituto de la Obra Social de las fuerzas armadas
Actualizado: Lunes 14 de Marzo de 2016 - 05:55 hs
VISTO el Expediente Nº 15.542/13 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto Nº 637/2013 y el Decreto Nº 772/2013,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto Nº 637/2013 crea en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA), por el que se integran los servicios de cobertura médico asistencial y sociales de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad unificando los siguientes organismos: INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DEL EJERCITO (IOSE), en el que se incluyen los servicios que éste brinda al personal de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA; DIRECCION DE BIENESTAR DE LA ARMADA (DIBA), en la que se incluyen los servicios que ésta presta al personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la DIRECCION DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AEREA (DIBPFA).
Que el precitado Decreto establece en su artículo 24 que la integración en el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA) de los servicios de las Fuerzas Armadas mencionados en el artículo 1°, se efectivizará mediante la unificación de los mismos, de sus administraciones, de sus patrimonios, propios o afectados a su funcionamiento, y la transferencia de su personal dependiente.
Que tal integración será implementada por la Autoridad de Aplicación, que conforme el artículo 2° de la norma referenciada es el MINISTERIO DE DEFENSA.
Que resulta necesario implementar los mecanismos tendientes al cumplimiento de los objetivos dispuestos por el Decreto Nº 637/2013.
Que el precitado Decreto Nº 637/2013 en su articulo 26, segundo párrafo establece “El MINISTRO DE DEFENSA designará UN (1) Administrador que será responsable, hasta la constitución efectiva del Directorio del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA), de las acciones de la transición en el proceso de unificación que se dispone y de la ejecución de las transferencias necesarias a tal fin. Dicho Administrador ejercerá las facultades contempladas en el presente, para el Directorio del Instituto y su Presidente”.
Que el Decreto Nº 722/2013 otorga al cargo de Administrador el rango y jerarquía de Secretario.
Que es necesario en primer término designar un Administrador a los fines de la planificación e implementación de las acciones de transición previstas en el artículo 26 del Decreto Nº 637/2013.
Que tratándose de las tareas de transición resulta pertinente que la designación se realice por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles prorrogables.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado intervención, manifestando que la medida es legalmente viable.
Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 637/2013, artículo 26 el suscripto se halla facultado para dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles Administrador del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, al Dr. Pablo Ulises CALABRESE (DNI Nº 10.495.761), con el rango y jerarquía de Secretario.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Agustín O. Rossi.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto Nº 637/2013 crea en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA), por el que se integran los servicios de cobertura médico asistencial y sociales de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad unificando los siguientes organismos: INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DEL EJERCITO (IOSE), en el que se incluyen los servicios que éste brinda al personal de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA; DIRECCION DE BIENESTAR DE LA ARMADA (DIBA), en la que se incluyen los servicios que ésta presta al personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la DIRECCION DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AEREA (DIBPFA).
Que el precitado Decreto establece en su artículo 24 que la integración en el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA) de los servicios de las Fuerzas Armadas mencionados en el artículo 1°, se efectivizará mediante la unificación de los mismos, de sus administraciones, de sus patrimonios, propios o afectados a su funcionamiento, y la transferencia de su personal dependiente.
Que tal integración será implementada por la Autoridad de Aplicación, que conforme el artículo 2° de la norma referenciada es el MINISTERIO DE DEFENSA.
Que resulta necesario implementar los mecanismos tendientes al cumplimiento de los objetivos dispuestos por el Decreto Nº 637/2013.
Que el precitado Decreto Nº 637/2013 en su articulo 26, segundo párrafo establece “El MINISTRO DE DEFENSA designará UN (1) Administrador que será responsable, hasta la constitución efectiva del Directorio del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA), de las acciones de la transición en el proceso de unificación que se dispone y de la ejecución de las transferencias necesarias a tal fin. Dicho Administrador ejercerá las facultades contempladas en el presente, para el Directorio del Instituto y su Presidente”.
Que el Decreto Nº 722/2013 otorga al cargo de Administrador el rango y jerarquía de Secretario.
Que es necesario en primer término designar un Administrador a los fines de la planificación e implementación de las acciones de transición previstas en el artículo 26 del Decreto Nº 637/2013.
Que tratándose de las tareas de transición resulta pertinente que la designación se realice por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles prorrogables.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado intervención, manifestando que la medida es legalmente viable.
Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 637/2013, artículo 26 el suscripto se halla facultado para dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles Administrador del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, al Dr. Pablo Ulises CALABRESE (DNI Nº 10.495.761), con el rango y jerarquía de Secretario.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Agustín O. Rossi.
Fuente: boletinoficial.gob.ar
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