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Jueves 13 de Junio de 2013 - 16:08 hs
Reglamentaron el bono y el pagaré para el blanqueo de capitales
El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial los instrumentos votados en el Congreso. Tendrán validez desde el 17 de julio de este año con vencimiento el 17 de julio de 2016, con un interés del 4% anual pagadero semestralmente. Ayer se conocieron to
Con la firma del ministro de Economía, Hernán Lorenzino, el Poder Ejecutivo oficializó los instrumentos por los cuales busca recuperar dólares fugados al exterior. Se trata del Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (Baade), y del Pagaré de Ahorro para el Desarrollo.
La Resolución 213/2013 establece que el Baade se emitirá el 17 de julio del corriente año, y tendrá una validez de 3 años, con vencimiento el 17 de julio de 2016. Serán bonos en dólares, con un interés del 4% anual, que podrán cobrarse semestralmente.
Según establece la Resolución, el dinero recaudado por la exteriorización de capitales tendrá como destino el financiamiento de la obra pública, y la amortización de los bonos será íntegra a la fecha de vencimiento.
Asimismo, el bono podrá ser registrable o al portador, decisión que tomará el inversor. Cuando se instrumente mediante Bonos registrables se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros del Banco Central, que es el agente de Registro de los bonos.
Mientras tanto, cuando se instrumente mediante bonos al portador se emitirán en láminas de 100, 1000 y 10000 dólares, y su titularidad recaerá en el portador del bono.
Asimismo, la Resolución establece el procedimiento para canjear, durante el proceso de exteriorización de capitales, de pagaré a bonos y de bonos a pagaré.
La Resolución 213/2013 establece que el Baade se emitirá el 17 de julio del corriente año, y tendrá una validez de 3 años, con vencimiento el 17 de julio de 2016. Serán bonos en dólares, con un interés del 4% anual, que podrán cobrarse semestralmente.
Según establece la Resolución, el dinero recaudado por la exteriorización de capitales tendrá como destino el financiamiento de la obra pública, y la amortización de los bonos será íntegra a la fecha de vencimiento.
Asimismo, el bono podrá ser registrable o al portador, decisión que tomará el inversor. Cuando se instrumente mediante Bonos registrables se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros del Banco Central, que es el agente de Registro de los bonos.
Mientras tanto, cuando se instrumente mediante bonos al portador se emitirán en láminas de 100, 1000 y 10000 dólares, y su titularidad recaerá en el portador del bono.
Asimismo, la Resolución establece el procedimiento para canjear, durante el proceso de exteriorización de capitales, de pagaré a bonos y de bonos a pagaré.
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