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Domingo 24 de Febrero de 2013 - 23:27 hs
El Colegio de Abogados cuestionó aumentos de servicios
El Colegio de Abogados de Santa Fe se pronunció contra el aumento del valor de las cédulas, mandamientos y tasas retributivas de servicios judiciales, dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia
A fines del 2012, el Colegio de Abogados de Santa Fe, expresó su enérgico rechazo al aumento considerable en el valor de las Cédulas, Mandamientos y Tasas Retributivas de servicios judiciales, dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia.
En ese sentido, sostuvo, a través de una misiva remitida al Alto Tribunal de Santa Fe, “que el mentado incremento resulta desproporcionado en relación a la inflación real existente en nuestra provincia, como a su vez, constituye un obstáculo más para el acceso al servicio de justicia de parte de los ciudadanos, por cuanto se le aplican, cada vez con mayor frecuencia, gastos que escapan a la esfera de sus posibilidades y previsiones”.
El Colegio profesional grafica que “desde el mes de abril del 2010, hasta diciembre del 2012, se incrementó el valor de las cédulas y mandamientos en 150 %, y en lo que respecta a las Tasas Retributivas de Justicia (obleas, sellados para los informes de los Registros Públicos de Comercio, de Deudores Alimentarios, Procesos Universales, etc.) el aumento, en el mismo período, fue de 300 % aproximadamente”.
“No desconocemos que constituye una cuestión de estricta justicia que los oficiales notificadores y de justicia, resulten remunerados conforme la nobleza e importancia de su tarea, empero lo cual, trasladar el costo a los justiciables implica desconocer los derechos esenciales de aquellos (en orden a la dignidad y derechos laborales) y un inadmisible incremento de erogaciones para éstos, por cuanto, se les impone una carga injusta, que debe ser financiada con el pago de los impuestos”.
“Por otra parte, estamos convencidos que las acciones del Superior Tribunal de la Provincia en orden al control y manejo del presupuesto deben tener como fin supremo la apertura del servicio de justicia para los ciudadanos y no su restricción. Una correcta y eficiente administración así lo establece.”
“Es por ello que, en miras a resguardar el interés colectivo, solicitamos la revisión de decisión adoptada.”
A fines del 2012, el Colegio de Abogados de Santa Fe, expresó su enérgico rechazo al aumento considerable en el valor de las Cédulas, Mandamientos y Tasas Retributivas de servicios judiciales, dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia.
En ese sentido, sostuvo, a través de una misiva remitida al Alto Tribunal de Santa Fe, “que el mentado incremento resulta desproporcionado en relación a la inflación real existente en nuestra provincia, como a su vez, constituye un obstáculo más para el acceso al servicio de justicia de parte de los ciudadanos, por cuanto se le aplican, cada vez con mayor frecuencia, gastos que escapan a la esfera de sus posibilidades y previsiones”.
El Colegio profesional grafica que “desde el mes de abril del 2010, hasta diciembre del 2012, se incrementó el valor de las cédulas y mandamientos en 150 %, y en lo que respecta a las Tasas Retributivas de Justicia (obleas, sellados para los informes de los Registros Públicos de Comercio, de Deudores Alimentarios, Procesos Universales, etc.) el aumento, en el mismo período, fue de 300 % aproximadamente”.
“No desconocemos que constituye una cuestión de estricta justicia que los oficiales notificadores y de justicia, resulten remunerados conforme la nobleza e importancia de su tarea, empero lo cual, trasladar el costo a los justiciables implica desconocer los derechos esenciales de aquellos (en orden a la dignidad y derechos laborales) y un inadmisible incremento de erogaciones para éstos, por cuanto, se les impone una carga injusta, que debe ser financiada con el pago de los impuestos”.
“Por otra parte, estamos convencidos que las acciones del Superior Tribunal de la Provincia en orden al control y manejo del presupuesto deben tener como fin supremo la apertura del servicio de justicia para los ciudadanos y no su restricción. Una correcta y eficiente administración así lo establece.”
“Es por ello que, en miras a resguardar el interés colectivo, solicitamos la revisión de decisión adoptada.”
Fuente: casf
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