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Hoy - Diciembre trágico
Jueves 27 de Diciembre de 2012 - 16:12 hs
Sobreseyeron definitivamente a De la Rúa por las muertes del 2001
La Cámara de Casación ratificó que el ex presidente no tuvo responsabilidad por los cinco crímenes ocurridos durante la represión del 19 y 20 de diciembre antes de su renuncia.
La Cámara Federal de Casación confirmó el sobreseimiento del ex presidente Fernando de la Rúa en la causa que se le siguió por los cinco homicidios culposos cometidos durante la represión antes de su renuncia en el 2001, según el fallo al que accedió Infobae.
El fallo fue firmado por los camaristas Luis María Cabral, Raúl Madueño y Eduardo Riggi, para quienes el dictado del estado de sitio fue una medida legítima "que cumplió con los pasos que marca" la Constitución y pactos internacionales.
“No existió ilegitimidad en el dictado del estado de sitio por parte del Poder Ejecutivo Nacional, que cumplió, en cambio, con los pasos que marca la Ley Suprema y los pactos internacionales a ella incorporados”, sostuvo Casación, al rechazar los recursos de los querellantes en el caso y de la fiscalía.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) había pedido a principios de diciembre el procesamiento del ex presidente De la Rúa por el homicidio culposo de cinco personas durante la brutal represión del 19 y 20 de diciembre de 2001.
El organismo de derechos humanos, patrocinando a familiares de las víctimas, había solicitado a la Cámara Nacional de Casación Penal que se revoque el sobreseimiento de De la Rúa y que fuera procesado y llevado a juicio oral por los asesinatos y los más de 100 heridos en los luctuosos hechos del Diciembre Negro.
Por su parte, el abogado defensor Miguel Ángel Almeyra había pedido mantener el sobreseimiento de De la Rúa, al que se acusaba por homicidio y lesiones varias culposas.
El abogado querellante Rodrigo Borda, del CELS, cuestionó que el entonces presidente haya fijado el estado de sitio, lo que derivó en la represión policial, pero hoy Casación consideró legítima esa medida.
Para los querellantes, en cambio, el ex presidente tenía la "facultad de control" sobre el accionar policial y la represión en esas jornadas en las inmediaciones del Obelisco y la Plaza de Mayo.
"De la Rúa tenía especial deber de control, decir que no es decir lo contrario a lo que establece la Constitución Nacional", argumentó Borda, patrocinando a las familias de dos de los asesinados ese día: Gastón Riva y Diego Lamagna, y al herido Jair Pérez Gorospe.
"Fue un error jurídico de la Cámara eximir de responsabilidad a De la Rúa y lo que no puede sostenerse es que el entonces presidente no tenga entre sus funciones controlar cómo la Policía detenía personas a disposición del PEN (Poder Ejecutivo Nacional)" en el marco del estado de sitio impuesto sin intervención del Congreso, afirmó Borda.
Casación, en cambio, confirmó el fallo de la Sala II de la Cámara Federal porteña que ratificó el sobreseimiento del ex presidente.
Entre los argumentos, la defensa del ex presidente sostuvo que recién se enteró de las muertes e incidentes a las 16 del 20 de diciembre de 2001, a pocas horas de disponer su renuncia.
Según indicó, había una "limitación" en consultar al Congreso de la Nación porque estaba en sesiones extraordinarias. De la Rúa "intentaba salvar las instituciones, la República se derrumbaba", argumentó su abogado.
Además, el letrado del ex mandatario justificó que la responsabilidad culposa "debe tener un límite, no es posible llegar al infinito", basándose en jurisprudencia.
De la Rúa pasó por todos los estadíos procesales en la causa, fue procesado, se le dictó la falta de mérito y luego sobreseído. Ahora, los jueces de la Sala I de la Cámara de Nacional de Casación Penal Eduardo Riggi, Raúl Madueño y Luis María Cabral, confirmaron el sobreseimiento.
En la causa, ya fueron enviados a juicio oral Enrique Mathov, ex secretario de Seguridad; Rubén Santos, ex jefe de la Policía Federal; Raúl Andreotti, ex superintendente de Seguridad Metropolitana de esa fuerza; y Norberto Gaudiero, ex director general de Operaciones.
El fallo fue firmado por los camaristas Luis María Cabral, Raúl Madueño y Eduardo Riggi, para quienes el dictado del estado de sitio fue una medida legítima "que cumplió con los pasos que marca" la Constitución y pactos internacionales.
“No existió ilegitimidad en el dictado del estado de sitio por parte del Poder Ejecutivo Nacional, que cumplió, en cambio, con los pasos que marca la Ley Suprema y los pactos internacionales a ella incorporados”, sostuvo Casación, al rechazar los recursos de los querellantes en el caso y de la fiscalía.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) había pedido a principios de diciembre el procesamiento del ex presidente De la Rúa por el homicidio culposo de cinco personas durante la brutal represión del 19 y 20 de diciembre de 2001.
El organismo de derechos humanos, patrocinando a familiares de las víctimas, había solicitado a la Cámara Nacional de Casación Penal que se revoque el sobreseimiento de De la Rúa y que fuera procesado y llevado a juicio oral por los asesinatos y los más de 100 heridos en los luctuosos hechos del Diciembre Negro.
Por su parte, el abogado defensor Miguel Ángel Almeyra había pedido mantener el sobreseimiento de De la Rúa, al que se acusaba por homicidio y lesiones varias culposas.
El abogado querellante Rodrigo Borda, del CELS, cuestionó que el entonces presidente haya fijado el estado de sitio, lo que derivó en la represión policial, pero hoy Casación consideró legítima esa medida.
Para los querellantes, en cambio, el ex presidente tenía la "facultad de control" sobre el accionar policial y la represión en esas jornadas en las inmediaciones del Obelisco y la Plaza de Mayo.
"De la Rúa tenía especial deber de control, decir que no es decir lo contrario a lo que establece la Constitución Nacional", argumentó Borda, patrocinando a las familias de dos de los asesinados ese día: Gastón Riva y Diego Lamagna, y al herido Jair Pérez Gorospe.
"Fue un error jurídico de la Cámara eximir de responsabilidad a De la Rúa y lo que no puede sostenerse es que el entonces presidente no tenga entre sus funciones controlar cómo la Policía detenía personas a disposición del PEN (Poder Ejecutivo Nacional)" en el marco del estado de sitio impuesto sin intervención del Congreso, afirmó Borda.
Casación, en cambio, confirmó el fallo de la Sala II de la Cámara Federal porteña que ratificó el sobreseimiento del ex presidente.
Entre los argumentos, la defensa del ex presidente sostuvo que recién se enteró de las muertes e incidentes a las 16 del 20 de diciembre de 2001, a pocas horas de disponer su renuncia.
Según indicó, había una "limitación" en consultar al Congreso de la Nación porque estaba en sesiones extraordinarias. De la Rúa "intentaba salvar las instituciones, la República se derrumbaba", argumentó su abogado.
Además, el letrado del ex mandatario justificó que la responsabilidad culposa "debe tener un límite, no es posible llegar al infinito", basándose en jurisprudencia.
De la Rúa pasó por todos los estadíos procesales en la causa, fue procesado, se le dictó la falta de mérito y luego sobreseído. Ahora, los jueces de la Sala I de la Cámara de Nacional de Casación Penal Eduardo Riggi, Raúl Madueño y Luis María Cabral, confirmaron el sobreseimiento.
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