Judiciales - Tostado

Miércoles 12 de Agosto de 2026 - 13:55 hs

Lo condenaron a 16 años de prisión por abusar de la hija de su pareja

El sentenciado es Joel Nahuel Mendieta, de 39 años. Al momento de las agresiones sexuales, la víctima cursaba la escuela primaria.

Actualizado: Miércoles 12 de Agosto de 2026 - 15:29 hs

Tribunales de Tostado.

Un hombre de 39 años identificado como Joel Nahuel Mendieta fue condenado a 16 años de prisión por haber abusado sexualmente de una niña que es hija de la mujer que era su pareja en la ciudad de Tostado (departamento Nueve de Julio).

La sentencia fue impuesta en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales tostadenses, en el cual la fiscal Shirli Tomasso representó al MPA. El tribunal del debate estuvo integrado por los jueces José Boaglio, Javier Bottero y Cecilia Álamo.

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Tomasso valoró la condena impuesta a Mendieta. “El tribunal consideró acreditada la atribución delictiva que realizamos desde la Fiscalía”, remarcó la fiscal y agregó que “esperaremos a conocer los fundamentos de la sentencia para evaluar los pasos a seguir”.

Asimismo, la funcionaria del MPA planteó que “durante el debate se pudo demostrar que Mendieta atentó contra la dignidad sexual de una pequeña niña a quien debía cuidar, proteger y educar ya que era considerado como un padre por ella”.

Los hechos

Tomasso indicó que “entre febrero y julio de 2024, el condenado abusó sexualmente de manera reiterada de la víctima, quien en esa época transitaba su escolaridad primaria”. Además, la fiscal precisó que “el imputado aprovechaba la situación de convivencia preexistente para cometer los abusos en perjuicio de la menor”.

La representante del MPA aseguró además que “el accionar del condenado tuvo la entidad suficiente para afectar el libre y progresivo desarrollo de la sexualidad de la niña”.

Condena

Mendieta fue condenado por la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado y promoción a la corrupción de menores, ambas calificaciones penales agravadas por la convivencia preexistente.

Fuente: LT10/Prensa MPA

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