Habitualmente descartadas tras el uso, pueden convertirse en aliadas inesperadas del reciclaje doméstico
Hoy - Deberá pagarle 50.000 pesos
Miércoles 02 de Mayo de 2012 - 08:04 hs
Condenan a una escuela privada por la agresión a un alumno
La condenada es la bibilioteca y Escuela de la Asociaciación de Mujeres de Rosario en su calidad de propietaria de la Escuela de Enseñanza Media Nº 8038 "María Bicecci". El alumno fue agredido por otro en el ingreso al colegio.
Una escuela privada de Rosario fue condenada a pagar más de 50 mil pesos a un alumno que fue agredido por otro estudiante del mismo establecimiento.
La condenada es la bibilioteca y Escuela de la Asociaciación de Mujeres de Rosario en su calidad de propietaria de la Escuela de Enseñanza Media Nº 8038 "María Bicecci", ubicada en Buenos Aires 1.290.
El 3 de noviembre de 2003 en el primer escalón de entrada al centro educacional un alumno de 15 años atacó con una tijera a otro de 16 y le produjo diversas heridas en la cabeza, tórax y en la región lumbar.
El estudiante agredido quedó con cicatrices por las heridas sufridas. En el informe de la perito psicóloga se manifiesta que el menor padeció un daño psíquico moderado y trastornos de angustia y miedo.
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 sostuvo en la resolución que "la obligación de seguridad y de educar se encuentran en un pie de igualdad".
Las juezas Paula Sansó, Susana Igarzábal y Mariana Varela afirmaron que "la actividad educativa es lícita, pero si se causa un daño debe ser reparado porque es injusto que la víctima lo soporte y no el que ha sido creador del riesgo".
Se destaca en la resolución que el Código Civil establece que "los propietarios de los establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa".
También se puntualiza que "cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo se desplaza la guarda material del hijo que ejercen los padres. En estos casos existe una verdadera delegación de la guarda al establecimiento, en donde los padres resignan en forma temporal sus deberes y derechos de cuidarlos y educarlos, quedando éstos a cargo de la institución".
Las juezas destacaron que en consecuencia "si algún alumno sufre un daño se produce el incumplimiento por parte del establecimiento educativo de la obligación de seguridad".
Agregaron que "la autoridad escolar está obligada a reintegrar a la salida de cada jornada escolar sano y salvo al alumno".
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 hizo lugar a la demanda y la biblioteca y Escuela de la Asociación de Mujeres de Rosario en su calidad de propietaria de la Escuela de Enseñanza Media Nº 8038 "María Bicecci" deberá pagarle al estudiante que fue agredido casi 23 mil pesos en concepto de capital, cifra que supera con los intereses los 50 mil pesos.
La condenada es la bibilioteca y Escuela de la Asociaciación de Mujeres de Rosario en su calidad de propietaria de la Escuela de Enseñanza Media Nº 8038 "María Bicecci", ubicada en Buenos Aires 1.290.
El 3 de noviembre de 2003 en el primer escalón de entrada al centro educacional un alumno de 15 años atacó con una tijera a otro de 16 y le produjo diversas heridas en la cabeza, tórax y en la región lumbar.
El estudiante agredido quedó con cicatrices por las heridas sufridas. En el informe de la perito psicóloga se manifiesta que el menor padeció un daño psíquico moderado y trastornos de angustia y miedo.
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 sostuvo en la resolución que "la obligación de seguridad y de educar se encuentran en un pie de igualdad".
Las juezas Paula Sansó, Susana Igarzábal y Mariana Varela afirmaron que "la actividad educativa es lícita, pero si se causa un daño debe ser reparado porque es injusto que la víctima lo soporte y no el que ha sido creador del riesgo".
Se destaca en la resolución que el Código Civil establece que "los propietarios de los establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa".
También se puntualiza que "cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo se desplaza la guarda material del hijo que ejercen los padres. En estos casos existe una verdadera delegación de la guarda al establecimiento, en donde los padres resignan en forma temporal sus deberes y derechos de cuidarlos y educarlos, quedando éstos a cargo de la institución".
Las juezas destacaron que en consecuencia "si algún alumno sufre un daño se produce el incumplimiento por parte del establecimiento educativo de la obligación de seguridad".
Agregaron que "la autoridad escolar está obligada a reintegrar a la salida de cada jornada escolar sano y salvo al alumno".
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 hizo lugar a la demanda y la biblioteca y Escuela de la Asociación de Mujeres de Rosario en su calidad de propietaria de la Escuela de Enseñanza Media Nº 8038 "María Bicecci" deberá pagarle al estudiante que fue agredido casi 23 mil pesos en concepto de capital, cifra que supera con los intereses los 50 mil pesos.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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