LT10 - Para la ciudad de Santa Fe

Jueves 19 de Abril de 2012 - 18:51 hs

El Concejo aprobó la creación de los clubes de música

La ordenanza tiene por objetivo regular los espacios que ofrecen música en vivo. El cuerpo votó la modificación de la ordenanza 9.139 que incluye a los Clubes de Música en Vivo dentro de los Espectáculos Públicos.

Este jueves, el Concejo municipal aprobó el proyecto de ordenanza que incorpora a los espectáculos públicos los “Clubes de Música en Vivo”, que son los establecimientos “cuya actividad principal sea la programación y producción de conciertos y espectáculos musicales en vivo, en cualquiera de sus géneros”.

En la ciudad de Santa Fe existen aproximadamente doscientos grupos de rock e igual cantidad de folklore y otras expresiones de la música popular y académica, la mayoría de ellos en plena actividad, la incorporación a la ordenanza de Espectáculos Públicos la figura de Clubes de Música en Vivo tiene como objetivo “dar respuesta a una importante demanda de un amplio sector de artistas vinculados a la música en sus diferentes géneros y estilos que necesitan de lugares adecuados para el desarrollo de su profesión”.

En lo que respecta a los horarios de funcionamiento de estos establecimientos, la normativa sostiene que la programación musical estará permitida hasta la 1 los jueves, domingos hasta las 12 y los viernes, sábados y víspera de feriados el horario se extenderá hasta las 2 de la mañana. Y, una vez finalizado el espectáculo, los establecimientos podrán seguir funcionando en calidad de bar, quedando prohibida la actividad bailable.

Asimismo, esta nueva normativa posibilitará el cobro de entradas y, en el caso de no existir expendio de bebidas alcohólicas en el lugar “podrán concurrir los menores de edad mayores de 14 años por sí mismos, y los menores de 14 años con el acompañamiento de un mayor responsable”.

Esta nueva categoría contempla la declaración de interés cultural por parte del Municipio a las actividades que se desarrollen en estos establecimientos y, “cuando se tratare de espectáculos realizados por artistas locales se los podrá exceptuar del pago del Derecho de Espectáculos Públicos”.

En relación a los ruidos molestos, para obtener la habilitación de funcionamiento de los Clubes, los mismos “deberán contar con las obras de insonorización adecuadas que deberán ser certificadas por profesional competente en la materia. La determinación de las obras necesarias para impedir la producción de ruidos molestos, serán las que indique el procedimiento previsto en la Norma IRAM 4062/84 y todas sus modificatorias”, precisa el proyecto.

Además, en los Clubes de Música en Vivo los artistas podrán vender discos, videos y otros medios de reproducción audiovisual, libros, revistas, ropa y demás artículos vinculados a la actividad cultural que se lleve a cabo en el local, “siempre que se cumplimente con todos los permisos y/o habilitaciones requeridas por la normativa nacional, provincial y/o municipal, como así también la relativa a materia impositiva”.

Fuente: LT10