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Miércoles 28 de Diciembre de 2011 - 14:05 hs
Nuevo revés judicial para Sergio Schoklender
La Sala I de la Cámara Federal desestimó un pedido de nulidad presentado por Sergio Schoklender para que se deje sin efecto el rol de querellante al abogado Eduardo Antonio Fachal en representación de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
Schoklender había planteado la nulidad de esa resolución con la cual el juez Norberto Oyarbide le aceptó ser querellante al abogado, al considerar que era incompatible puesto que al mismo tiempo Fachal se desempeña como Jefe del área de Control Comunal en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
El ex apoderado de la Fundación -a quien ayer el fiscal Jorge Di Lello pidió sea indagado- cuestionó la decisión del juez al entender que Fachal "no puede representar judicialmente como
apoderado a una institución que resulta ser controlada por el Estado", ya que el mismo ocupaba un cargo en la Defensoría.
En su defensa, Fachal argumentó que no es función de la Defensoría del Pueblo porteña regular ni fiscalizar fundaciones, por lo que no hay incompatibilidad alguna.
"El temperamento adoptado por el juez de la anterior instancia luce ajustado a derecho, por lo que será homologado", señalaron los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah.
"No advertimos ningún impedimento para que Fachal ejerza la representación de la Fundación en este proceso, por lo que el auto que así lo dipuso no adolece de vicio alguno que amerite su
invalidación", añadió la Sala I.
En ese sentido, los jueces entendieron que la representación que Fachal hace de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, "no guarda relación alguna con el cargo público que ocupa en el ámbito
de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, ni con la competencia funcional correspondiente".
"El sector en el cual el nombrado se desempeña -área de control comunal de la Defensoría- no tiene a su cargo el control de la actuación de la Fundación en el marco de las obras ejecutadas en el ámbito de la Ciudad", concluyó la Cámara.
Por último, los jueces aclararon que "el impedimento que pesa sobre Fachal de accionar contra el Estado será un límite para su actuación como querellante, pero no implica, en modo alguno, un
obstáculo a su admisión en ese carácter".
Así los jueces confirmaron lo que previamente resolvió el juez Oyarbide el pasado 13 de septiembre al aceptar como querellante a Fachal.
Schoklender había planteado la nulidad de esa resolución con la cual el juez Norberto Oyarbide le aceptó ser querellante al abogado, al considerar que era incompatible puesto que al mismo tiempo Fachal se desempeña como Jefe del área de Control Comunal en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
El ex apoderado de la Fundación -a quien ayer el fiscal Jorge Di Lello pidió sea indagado- cuestionó la decisión del juez al entender que Fachal "no puede representar judicialmente como
apoderado a una institución que resulta ser controlada por el Estado", ya que el mismo ocupaba un cargo en la Defensoría.
En su defensa, Fachal argumentó que no es función de la Defensoría del Pueblo porteña regular ni fiscalizar fundaciones, por lo que no hay incompatibilidad alguna.
"El temperamento adoptado por el juez de la anterior instancia luce ajustado a derecho, por lo que será homologado", señalaron los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah.
"No advertimos ningún impedimento para que Fachal ejerza la representación de la Fundación en este proceso, por lo que el auto que así lo dipuso no adolece de vicio alguno que amerite su
invalidación", añadió la Sala I.
En ese sentido, los jueces entendieron que la representación que Fachal hace de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, "no guarda relación alguna con el cargo público que ocupa en el ámbito
de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, ni con la competencia funcional correspondiente".
"El sector en el cual el nombrado se desempeña -área de control comunal de la Defensoría- no tiene a su cargo el control de la actuación de la Fundación en el marco de las obras ejecutadas en el ámbito de la Ciudad", concluyó la Cámara.
Por último, los jueces aclararon que "el impedimento que pesa sobre Fachal de accionar contra el Estado será un límite para su actuación como querellante, pero no implica, en modo alguno, un
obstáculo a su admisión en ese carácter".
Así los jueces confirmaron lo que previamente resolvió el juez Oyarbide el pasado 13 de septiembre al aceptar como querellante a Fachal.
Fuente: na
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