Interés General - navidad y año nuevo

Viernes 17 de Diciembre de 2021 - 12:27 hs

Sin paradores, así será el horario de bares, restaurantes y boliches

Se establecieron horarios especiales para las noches de festejos, y los boliches podrán permanecer abiertos hasta las 6 de la mañana.

Actualizado: Viernes 17 de Diciembre de 2021 - 14:43 hs

Este jueves se confirmó una extensión horaria para las actividades ligadas a la nocturnidad en Santa Fe. Sin embargo, ante la llegada de las fiestas, también se dispusieron algunas excepciones.

Tal es así que se informa que en Navidad y Año Nuevo los paradores permanecerán cerrados por una decisión propia, ya que en la mayoría de los casos consideran que no les resulta "redituable trabajar".

Esta disposición favorece a la Municipalidad en el ordenamiento ya que van a establecer distintos operativos de tránsito y corredores seguros para el acceso a los boliches, que además van a a poder cerrar a las 6 de la mañana.

Según explicó Schmuck, secretario de la Producción de la Municipalidad de Santa Fe, se tata de tres boliches habilitados y algunos eventos privados a los que se les dará la habilitación acorde la ordenanza vigente.

Extendieron el horario de los bares hasta las cinco de la mañana

Por otro lado, detalló que los bares y restaurantes trabajarán con normalidad, pero decidieron no hacerlo hasta las 6 de la mañana por una cuestión de rentabilidad.

"La idea es armar para que las fiestas sean una fiesta. Los bares, tradicionalmente no vamos a tomar un horario tan largo" agregó Adrián Papaleo, representante de los gastronómicos.

Cabe recordar, que esta extensión horaria hasta las 6 de la mañana es solo para el 25 y 31 de diciembre.

Los bares santafesinos de acuerdo con el pase sanitario

De todos modos, la nueva disposición establece los siguientes horarios:

  •  Actividad de los locales gastronómicos: los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, hasta las 5 horas del día siguiente; el resto de los días de la semana, hasta las 4 horas del día siguiente.
  •  Actividad de los salones de eventos, fiestas y similares, para la realización de eventos sociales: los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, hasta las 5 horas del día siguiente; el resto de los días de la semana, hasta las 4 horas del día siguiente.

Audio: Móvil LT10, Luis Amsler

Fuente: LT10