Salud - A partir de hoy

Viernes 12 de Noviembre de 2021 - 15:08 hs

El Gobierno tiene 90 días para reglamentar la Ley de Etiquetado Frontal

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial la promulgación de la normativa, por lo que ahora el Ejecutivo tiene un plazo de tres meses para darle forma definitiva.

Actualizado: Viernes 12 de Noviembre de 2021 - 15:19 hs

El Gobierno promulgó la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como "Ley de Etiquetado Frontal", que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos, se informó este viernes oficialmente.

La promulgación de la ley, aprobada por la Cámara de Diputados el 26 de octubre pasado, se efectivizó mediante el decreto 782/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

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A partir de este trámite, el Poder Ejecutivo tiene 90 días para reglamentar la ley y dictar las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación.

Puntos importantes de la ley

La ley de etiquetado frontal apunta a advertir a la sociedad sobre los productos que tienen un alto contenido de grasas, sodios y azúcares y, de esa forma, ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

Establece la incorporación en el frente de los envases de los productos ultraprocesados una etiqueta con forma de octógono negro y letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Además, determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Por otra parte, la ley establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia y determinar que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

 

Fuente: LT10/ Télam