Tras un importante allanamiento el pasado sábado, tres hombres fueron aprehendidos anoche cuando intentaban ingresar al inmueble de Monseñor Zaspe y Zavalla. Los vecinos reclaman la demolición de la propiedad para evitar nuevos incidentes.
Hoy - Elecciones 2011
Viernes 15 de Abril de 2011 - 16:38 hs
No se podrán incluir imágenes de personas muertas en las boletas
Sólo se autoriza la inserción de fotos de candidatos; así, retratos de Kirchner, Perón y Alfonsín quedarán fuera de las papeletas.
Actualizado: Miércoles 09 de Marzo de 2016 - 19:29 hs
En las boletas de las elecciones internas de agosto y de las presidenciales de octubre no habrá fotografías de Juan y Domingo Perón, de Néstor Kirchner ni de Raúl Alfonsín.
La restricción surge del decreto 444, una de las tres normas con las que el Gobierno reglamentó la ley de internas abiertas, simultáneas y obligatorias y, en particular, dispuso cómo deberán ser las boletas, que, por primera vez, incluirán fotografías y colores.
En el artículo 1 se establece que en las papeletas "sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro" que deberán ubicarse "en el tercio central de la boleta".
Enseguida se indica que "no podrán utilizarse imágenes cono fondo ni sello de agua".
Para el diputado Gustavo Ferrari (Peronismo Federal) la manera en la que está redactado el artículo no deja margen para que el kirchnerismo pueda incluir imágenes de Kirchner o de Perón y Evita en sus boletas, o que la UCR haga lo propio con imágenes de Raúl Alfonsín.
"La palabra «sólo» es claramente excluyente y deja absoluta claridad respecto, justamente, de que sólo podrán usarse fotos de candidatos. Además, se dice explícitamente que no se pueden agregar imágenes. Con esta restricción tendrían que quedar afuera incluso las tradicionales imágenes de Perón y Evita", argumentó el legislador en diálogo con lanacion.com.
Para Ferrari, el hecho de que la restricción para el uso de imágenes esté específicamente referida a la inclusión de fondos o sellos de agua no debería alcanzar para incluirlas en algún otro formato o lugar de la boleta, como por ejemplo, en el ángulo superior de la papeleta o junto a los nombres de los candidatos.
"Se dice explícitamente que no se pueden agregar imágenes. La aclaración respecto del fondo o los sellos de agua no es sustancial. Todo tipo inserción queda prohibida", interpretó. "Poner cualquier imagen de Kirchner o Alfonsín, aun cuando no sea una foto, sería muy difícil de defender jurídicamente", concluyó.
La restricción surge del decreto 444, una de las tres normas con las que el Gobierno reglamentó la ley de internas abiertas, simultáneas y obligatorias y, en particular, dispuso cómo deberán ser las boletas, que, por primera vez, incluirán fotografías y colores.
En el artículo 1 se establece que en las papeletas "sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro" que deberán ubicarse "en el tercio central de la boleta".
Enseguida se indica que "no podrán utilizarse imágenes cono fondo ni sello de agua".
Para el diputado Gustavo Ferrari (Peronismo Federal) la manera en la que está redactado el artículo no deja margen para que el kirchnerismo pueda incluir imágenes de Kirchner o de Perón y Evita en sus boletas, o que la UCR haga lo propio con imágenes de Raúl Alfonsín.
"La palabra «sólo» es claramente excluyente y deja absoluta claridad respecto, justamente, de que sólo podrán usarse fotos de candidatos. Además, se dice explícitamente que no se pueden agregar imágenes. Con esta restricción tendrían que quedar afuera incluso las tradicionales imágenes de Perón y Evita", argumentó el legislador en diálogo con lanacion.com.
Para Ferrari, el hecho de que la restricción para el uso de imágenes esté específicamente referida a la inclusión de fondos o sellos de agua no debería alcanzar para incluirlas en algún otro formato o lugar de la boleta, como por ejemplo, en el ángulo superior de la papeleta o junto a los nombres de los candidatos.
"Se dice explícitamente que no se pueden agregar imágenes. La aclaración respecto del fondo o los sellos de agua no es sustancial. Todo tipo inserción queda prohibida", interpretó. "Poner cualquier imagen de Kirchner o Alfonsín, aun cuando no sea una foto, sería muy difícil de defender jurídicamente", concluyó.
Fuente: lanacion.com
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