Legislativas - Resolución

Martes 06 de Octubre de 2020 - 13:09 hs

La Justicia rechazó el amparo de Juntos por el Cambio contra las sesiones virtuales

Se consideró válida la polémica sesión en la que la principal oposición estuvo presente pero sin que oficialmente se la incluyera en el quórum. Además, se dio por válido el derecho de la Cámara a funcionar de manera remota.

Foto: Archivo (La Nación).

La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió en contra del amparo de diputados de Juntos por el Cambio para que se declare nula la sesión del 1º de septiembre. Además, el juez Enrique Lavie Pico ratificó el derecho de la Cámara Baja a funcionar por teleconferencia.

Los legisladores que presentaron el recurso deberán pagar las costas del proceso. Se trata de Mario Raúl Negri, Cristian Adrián Ritondo, Maximiliano Carlos Francisco Ferraro, Pablo Gabriel Tonelli, Mariana Stilman y Alberto Gustavo Menna.

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“No corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes", indica el magistrado en la resolución.

La sesión de la polémica

Tras el rechazo de Juntos por el Cambio a la modalidad de sesión a distancia, el oficialismo acordó a principios de septiembre con el resto de las bancadas opositoras renovar el protocolo para el funcionamiento virtual mixto de la Cámara de Diputados por otros 30 días.

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Luego se realizó una sesión en la que unos 90 legisladores de JxC se presentaron en el recinto y participaron del debate sin haberse logueado en el sistema, por lo que fueron considerados ausentes, mientras que a aquellos que lo hicieron de forma remota se los dio por presentes.  

La intención del bloque opsositor era evitar el tratamiento de "temas sensibles" por teleconferencia, tales como la reforma federal, la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, el impuesto a las grandes fortunas y el Presupuesto 2021.

Tras la polémica, se acordó un esquema de sesiones "mixtas", por el que la oposición podrá solicitar presencialidad del Cuerpo cuando lo considere necesario. 

Fuente: LT10/ NA/ parlamentario.com