Habitualmente descartadas tras el uso, pueden convertirse en aliadas inesperadas del reciclaje doméstico
LT10 - Tribunales rosarinos
Martes 08 de Noviembre de 2011 - 09:39 hs
La Justicia declaró nulo un contrato de compraventa
Un tribunal entendió que las vendedoras, madre e hija, padecen una reducción de su aptitut intelectual. La venta se hizo por un 25% menos del valor del mercado. El comprador fue un médico siquiatra.
La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la nulidad y dejó sin efecto un contrato de compraventa de un inmueble porque las dos vendedoras, madre e hija, padecen una reducción de su aptitud intelectual.
También se tuvo en cuenta para la resolución que el precio de venta fue un 25 por ciento inferior al que tiene en el mercado inmobiliario.
Afirman los camaristas Edgar Baracat, Avelino Rodil y Oscar Puccinelli que “en los negocios debe reinar la buena fe”.
Consideran que hay que declarar la nulidad del acto cuando existe en el negocio una evidente desproporción entre el inmueble que se vende y el precio que se paga y ese aprovechamiento es ocasionado por el estado de fragilidad, en este caso de las dos mujeres vendedoras.
En la resolución se destaca que el comprador es un médico psiquiatra, con 30 años de profesión, que está en mejores condiciones que cualquier otra persona de detectar el estado de inferioridad de las dos mujeres a las que le compró el inmueble de 174 metros cuadrados ubicado en presidente Roca al 1.100.
Por el aprovechamiento del médico comprador de la propiedad del estado de las vendedores, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial declaró nulo y dejó sin efecto jurídico el contrato de compraventa.
También se tuvo en cuenta para la resolución que el precio de venta fue un 25 por ciento inferior al que tiene en el mercado inmobiliario.
Afirman los camaristas Edgar Baracat, Avelino Rodil y Oscar Puccinelli que “en los negocios debe reinar la buena fe”.
Consideran que hay que declarar la nulidad del acto cuando existe en el negocio una evidente desproporción entre el inmueble que se vende y el precio que se paga y ese aprovechamiento es ocasionado por el estado de fragilidad, en este caso de las dos mujeres vendedoras.
En la resolución se destaca que el comprador es un médico psiquiatra, con 30 años de profesión, que está en mejores condiciones que cualquier otra persona de detectar el estado de inferioridad de las dos mujeres a las que le compró el inmueble de 174 metros cuadrados ubicado en presidente Roca al 1.100.
Por el aprovechamiento del médico comprador de la propiedad del estado de las vendedores, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial declaró nulo y dejó sin efecto jurídico el contrato de compraventa.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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