El Tatengue perdió dos partidos al hilo y si bien permanece en puestos de clasificación quedó muy exigido y obligado apra las dos últimas fechas donde deberá visitar a Vélez y recibir a Talleres, respectivamente.
Lunes 05 de Octubre de 2015 - 17:02 hs
Rige la prohibición de cosecha y secanza de yerba mate
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recuerda que se encuentra en vigencia la Resolución 37/2007 que establece la prohibición durante octubre y noviembre.
El INYM también señala que durante el periodo comprendido entre el 1º de diciembre y el 31 de marzo las actividades de cosecha y secanza se encuentran limitadas, ya que los secaderos que pretenden realizar estas tareas deberán solicitar la autorización correspondiente al INYM, con una anticipación mínima de diez días hábiles.
Todos aquellos secaderos que procesen materia prima durante los meses de octubre y noviembre, o que no soliciten la autorización para el periodo diciembre – marzo serán sancionados con la clausura, sin perjuicio de ser pasibles de otras sanciones conjuntas previstas en la Ley 25.564.
La mencionada Resolución comenzó a instrumentarse con el objetivo de formalizar una situación que habitualmente se manifestaba durante los meses de octubre y noviembre.
Históricamente durante este lapso el volumen de cosecha es mínimo, debido a que coincide con el ciclo natural de brotación de la planta de “Ilex paraguariensis”.
Al momento de emitir la normativa, el INYM tuvo en cuenta los siguientes aspectos técnicos:
Respecto de la planta:
a) La planta de yerba mate, en condiciones normales de suelo, emite brotación abundante cuando se dan parámetros de temperatura, humedad ambiente y fotoluminosidad. Estos tres aspectos se presentan a partir del mes de octubre y continúan hasta el mes de abril aproximadamente, con periodos de más o menos intensidad.
b) Esta etapa genera una actividad de movimiento de savia extraordinaria desde las raíces a los puntos de brotación, tornándose las ramas y hojas tiernas, en tejidos de abundante masa líquida que pueden ser destruidos fácilmente por acción de la las altas temperatura de los secaderos.
c) La eliminación de estas ramas y hojas tiernas, acarrean un perjuicio a la planta, desde el punto de vista fisiológico, al cortarse abruptamente el ciclo natural de gestación de nuevas hojas y ramas, que repercute en una irregular brotación a futuro y daños irreversibles en la estructura de la planta.
d) Desde el punto de vista financiero, lo que se extrae en forma incipiente es la futura cosecha de hojas del próximo año.
Respecto a la yerba mate canchada :
a) La yerba mate canchada es un producto heterogéneo, compuesto por hojas, palos deshidratados y polvo, el cual debe tener parámetros de color, humedad, aroma y sabor adecuados.
b) La deshidratación en el secadero de hojas con distintos grados de maduración, provoca la aparición en la yerba canchada de tejidos quemados conocidos como “puntos negros”, que producen un desmejoramiento en la calidad del producto desde el punto de vista del color, sabor y aroma.
c) Desde el punto de vista financiero, el porcentaje de rendimiento de los secaderos (conversión de verde a seco), disminuye en forma notable al perderse como vapor, gran parte del material verde brotado.
Todos aquellos secaderos que procesen materia prima durante los meses de octubre y noviembre, o que no soliciten la autorización para el periodo diciembre – marzo serán sancionados con la clausura, sin perjuicio de ser pasibles de otras sanciones conjuntas previstas en la Ley 25.564.
La mencionada Resolución comenzó a instrumentarse con el objetivo de formalizar una situación que habitualmente se manifestaba durante los meses de octubre y noviembre.
Históricamente durante este lapso el volumen de cosecha es mínimo, debido a que coincide con el ciclo natural de brotación de la planta de “Ilex paraguariensis”.
Al momento de emitir la normativa, el INYM tuvo en cuenta los siguientes aspectos técnicos:
Respecto de la planta:
a) La planta de yerba mate, en condiciones normales de suelo, emite brotación abundante cuando se dan parámetros de temperatura, humedad ambiente y fotoluminosidad. Estos tres aspectos se presentan a partir del mes de octubre y continúan hasta el mes de abril aproximadamente, con periodos de más o menos intensidad.
b) Esta etapa genera una actividad de movimiento de savia extraordinaria desde las raíces a los puntos de brotación, tornándose las ramas y hojas tiernas, en tejidos de abundante masa líquida que pueden ser destruidos fácilmente por acción de la las altas temperatura de los secaderos.
c) La eliminación de estas ramas y hojas tiernas, acarrean un perjuicio a la planta, desde el punto de vista fisiológico, al cortarse abruptamente el ciclo natural de gestación de nuevas hojas y ramas, que repercute en una irregular brotación a futuro y daños irreversibles en la estructura de la planta.
d) Desde el punto de vista financiero, lo que se extrae en forma incipiente es la futura cosecha de hojas del próximo año.
Respecto a la yerba mate canchada :
a) La yerba mate canchada es un producto heterogéneo, compuesto por hojas, palos deshidratados y polvo, el cual debe tener parámetros de color, humedad, aroma y sabor adecuados.
b) La deshidratación en el secadero de hojas con distintos grados de maduración, provoca la aparición en la yerba canchada de tejidos quemados conocidos como “puntos negros”, que producen un desmejoramiento en la calidad del producto desde el punto de vista del color, sabor y aroma.
c) Desde el punto de vista financiero, el porcentaje de rendimiento de los secaderos (conversión de verde a seco), disminuye en forma notable al perderse como vapor, gran parte del material verde brotado.
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