Vecinos del casco histórico de la ciudad sostienen que es necesario intervenir el lugar que tiene mucho tránsito, principalmente durante los horarios pico.
LT10 - Repercusiones indirectas del caso de vera
Viernes 26 de Junio de 2015 - 13:17 hs
Críticas al mecanismo de enjuiciamiento de magistrados
El secretario de Justicia Mariano Candioti opinó que “es imperativo una reforma constitucional” que modifique el trámite. Es porque en Santa Fe “el poder disciplinario sobre la magistratura está dentro del propio poder judicial”.
Luego de que se conociera el caso de la menor nuevamente violada por su padre tras ser liberado, la madre de la víctima difundió su intención de pedir juicio para el magistrado Gustavo Gon. Al respecto, el secretario de Justicia de la provincia Mariano Candioti recordó que según la propia Ley 7.50 “cualquier persona puede denunciar a un magistrado por lo que suponga que es un mal desempeño en sus funciones”.
No obstante, aclaró que se exige para ello el patrocinio de un abogado. Y en este punto, cuestionó la normativa en relación al caso de Vera específicamente: “es inconcebible que una víctima haya sido revictimizada y deba necesitar un patrocinio para recurrir a la defensa”, dijo. Y no fue el único punto que criticó del actual mecanismo.
Según explicó, las denuncias se hacen ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Luego de la intervención de ese Cuerpo, se corre vista al procurador (Jorge Barraguirre, en este caso) para que evalúe la procedencia de la presentación. Luego comienza el trámite propiamente dicho.
El jurado está integrado por miembros de la Corte y coordinado por su presidente, un diputado, un senador y dos abogados matriculados. Y aquí está el inconveniente para Candioti. “En el orden federal los jurados de enjuiciamiento están previstos en la Constitución Nacional, y hay un poder disciplinario sobre la magistratura que está excluido del poder judicial. En Santa Fe está dentro del mismo”. De esta forma, “hay en sí mismo una autojustificación endogámica. El magistrado necesita tener una mirada externa”, opinó, y añadió: “esta es una deuda que tenemos. Es imperativo una reforma constitucional” en este sentido.
No obstante, aclaró que se exige para ello el patrocinio de un abogado. Y en este punto, cuestionó la normativa en relación al caso de Vera específicamente: “es inconcebible que una víctima haya sido revictimizada y deba necesitar un patrocinio para recurrir a la defensa”, dijo. Y no fue el único punto que criticó del actual mecanismo.
Según explicó, las denuncias se hacen ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Luego de la intervención de ese Cuerpo, se corre vista al procurador (Jorge Barraguirre, en este caso) para que evalúe la procedencia de la presentación. Luego comienza el trámite propiamente dicho.
El jurado está integrado por miembros de la Corte y coordinado por su presidente, un diputado, un senador y dos abogados matriculados. Y aquí está el inconveniente para Candioti. “En el orden federal los jurados de enjuiciamiento están previstos en la Constitución Nacional, y hay un poder disciplinario sobre la magistratura que está excluido del poder judicial. En Santa Fe está dentro del mismo”. De esta forma, “hay en sí mismo una autojustificación endogámica. El magistrado necesita tener una mirada externa”, opinó, y añadió: “esta es una deuda que tenemos. Es imperativo una reforma constitucional” en este sentido.
Fuente: LT10
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