El menor estaba jugando con un cartucho calibre 9 milímetros y algunas herramientas cuando se produjo el accidente.
Hoy - Publicado en el Boletín Oficial
Viernes 12 de Diciembre de 2014 - 21:48 hs
Oficializaron la exención de Ganancias del medio aguinaldo
Tal como lo había anunciado Cristina es para la remuneración bruta que no superen los $ 35 mil mensuales. El monto no deducido debe ser identificado en el recibo de sueldo.
El Gobierno oficializó hoy la exención del pago de Ganancias del medio aguinaldo a cobrarse este mes, para los trabajadores cuya mayor remuneración bruta mensual no supere los 35 mil pesos.
Así fue dispuesto a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de la presidenta Cristina de Kirchner, del jefe de Gabinete Jorge Capitanich y del ministro de Economía Axel Kicillof.
A través de ese texto, el Poder Ejecutivo aclaró que "el beneficio derivado (de la exención de Ganancias) deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en diciembre de 2014".
"A tal efecto, los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto Beneficio Decreto N° 2354/14 ", añadió.
El Gobierno justificó esta medida -anticipada la semana pasada por la Jefa de Estado- al señalar que "es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
Por ese motivo, subrayó, "se considera conveniente establecer -de manera extraordinaria y por única vez- el incremento del importe de la deducción del inciso c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y sus modificaciones hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente a 2014".
"Ello es posible gracias a un responsable manejo de las finanzas del Estado Nacional, tanto respecto de sus ingresos como de sus gastos", enfatizó.
Ayer, el Senado aprobó una ley que establece el pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario el 18 de diciembre de cada año, que ahora debe ser promulgada por el Poder Ejecutivo.
Así fue dispuesto a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de la presidenta Cristina de Kirchner, del jefe de Gabinete Jorge Capitanich y del ministro de Economía Axel Kicillof.
A través de ese texto, el Poder Ejecutivo aclaró que "el beneficio derivado (de la exención de Ganancias) deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en diciembre de 2014".
"A tal efecto, los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto Beneficio Decreto N° 2354/14 ", añadió.
El Gobierno justificó esta medida -anticipada la semana pasada por la Jefa de Estado- al señalar que "es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
Por ese motivo, subrayó, "se considera conveniente establecer -de manera extraordinaria y por única vez- el incremento del importe de la deducción del inciso c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y sus modificaciones hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente a 2014".
"Ello es posible gracias a un responsable manejo de las finanzas del Estado Nacional, tanto respecto de sus ingresos como de sus gastos", enfatizó.
Ayer, el Senado aprobó una ley que establece el pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario el 18 de diciembre de cada año, que ahora debe ser promulgada por el Poder Ejecutivo.
Fuente: ambito
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