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Miércoles 19 de Octubre de 2011 - 15:57 hs
La UNC es la primera del país en reconocer la identidad de género de los miembros de su comunidad
La Casa de Trejo aprobó la normativa que contempla el reconocimiento de la identidad de género adoptada y autopercibida de cualquier persona, aun cuando ésta no coincida con su nombre y sexo registrales.
La Universidad Nacional de Córdoba se convirtió en la primera casa de altos estudios de Argentina en contemplar en su reglamentación el reconocimiento de la identidad de género elegida por sus miembros. Lo hizo a través de una ordenanza aprobada en el Consejo Superior, por la cual se declara a la Casa de Trejo como “institución libre de discriminación por identidad y expresión de género”
Con esta normativa, los miembros de la comunidad universitaria podrán ser reconocidos por su identidad elegida aunque ésta no sea la registrada en la documentación formal, para lo que deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada.
La identidad autopercibida y el nombre elegido estarán consignados en la libreta y la credencial estudiantil, documentación con la que los estudiantes deben acreditarse en los distintos actos administrativos dentro del ámbito universitario (exámenes, inscripciones, servicios, entro otros).
La iniciativa responde a las necesidades de las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros) que pueden verse afectados por situaciones de discriminación y violencia o enfrentarse a dificultades o actos discriminatorios por parte de la propia Administración.
La ordenanza contempla, además, la reforma administrativa y de los sistemas informáticos, así como la implementación de políticas institucionales que tiendan al reconocimiento de la identidad autopercibida de las personas. También prevé la promoción de acciones de sensibilización, formación y construcción de prácticas no discriminatorias y la inclusión de contenidos teóricos y prácticos que hagan referencia a normativas vigentes de derechos humanos y modos de intervención profesional que respeten la identidad y expresión de género de las personas.
A su vez, el proyecto insta a la Dirección de Salud de la Secretaria de Asuntos Estudiantiles, a los Hospitales Escuelas de la Facultad de Ciencias Médicas y a otras áreas de salud del ámbito universitario para que elaboren e implementen protocolos de atención integral respetuosos de la identidad y expresión de género de las personas. En este mismo sentido sugiere la implementación de estos protocolos en la Obra Social Universitaria (DASPU).
Por último, la Defensoría de la Comunidad Universitaria será el organismo encargado de receptar denuncias por discriminación basadas en cuestiones atinentes a la identidad y expresión de género dentro del ámbito universitario.
Con esta normativa, los miembros de la comunidad universitaria podrán ser reconocidos por su identidad elegida aunque ésta no sea la registrada en la documentación formal, para lo que deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada.
La identidad autopercibida y el nombre elegido estarán consignados en la libreta y la credencial estudiantil, documentación con la que los estudiantes deben acreditarse en los distintos actos administrativos dentro del ámbito universitario (exámenes, inscripciones, servicios, entro otros).
La iniciativa responde a las necesidades de las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros) que pueden verse afectados por situaciones de discriminación y violencia o enfrentarse a dificultades o actos discriminatorios por parte de la propia Administración.
La ordenanza contempla, además, la reforma administrativa y de los sistemas informáticos, así como la implementación de políticas institucionales que tiendan al reconocimiento de la identidad autopercibida de las personas. También prevé la promoción de acciones de sensibilización, formación y construcción de prácticas no discriminatorias y la inclusión de contenidos teóricos y prácticos que hagan referencia a normativas vigentes de derechos humanos y modos de intervención profesional que respeten la identidad y expresión de género de las personas.
A su vez, el proyecto insta a la Dirección de Salud de la Secretaria de Asuntos Estudiantiles, a los Hospitales Escuelas de la Facultad de Ciencias Médicas y a otras áreas de salud del ámbito universitario para que elaboren e implementen protocolos de atención integral respetuosos de la identidad y expresión de género de las personas. En este mismo sentido sugiere la implementación de estos protocolos en la Obra Social Universitaria (DASPU).
Por último, la Defensoría de la Comunidad Universitaria será el organismo encargado de receptar denuncias por discriminación basadas en cuestiones atinentes a la identidad y expresión de género dentro del ámbito universitario.
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