Habitualmente descartadas tras el uso, pueden convertirse en aliadas inesperadas del reciclaje doméstico
LT10 - Nueva reglamentación
Miércoles 19 de Octubre de 2011 - 20:52 hs
El Banco Central habilitó las cuentas gratuitas para jubilados y pensionados
Los jubilados y pensionados de todo el país podrán cobrar sus prestaciones a través de una cuenta gratuita y con una tarjeta de débito asociada, similar a la "cuenta sueldo" para los trabajadores activos, de acuerdo con una reglamentación sancionada por el Banco Central.
A través de la Comunicación "A" 5231, el Banco Central fijó las características particulares de esta nueva "Cuenta sueldo/de la seguridad social".
La medida dispone que se podrá extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones ni distinción alguna entre clientes y no clientes.
Esto último apunta a que las entidades financieras, tanto públicas como privadas, no apliquen ningún tipo de restricción para la extracción de fondos de estas cuentas, aun cuando sea realizada por titulares que no sean clientes de la entidad en la cual se encuentra el cajero automático y/o corresponda a una tarjeta de débito que opera con otra red de cajeros.
También permitirá la acreditación de las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares.
También se aplicará el mismo criterio a los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social.
La reglamentación estipula que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aun los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país.
En esos términos también se modificó la "Caja de ahorros para el pago de la asignación universal por hijo para protección social" para comprender otros planes de ayuda social implementados por el gobierno nacional.
La ley 26.704 fue sancionada el 5 de septiembre pasado, promulgada el 5 de octubre y entrará en vigencia a partir de mañana.
La medida dispone que se podrá extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones ni distinción alguna entre clientes y no clientes.
Esto último apunta a que las entidades financieras, tanto públicas como privadas, no apliquen ningún tipo de restricción para la extracción de fondos de estas cuentas, aun cuando sea realizada por titulares que no sean clientes de la entidad en la cual se encuentra el cajero automático y/o corresponda a una tarjeta de débito que opera con otra red de cajeros.
También permitirá la acreditación de las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares.
También se aplicará el mismo criterio a los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social.
La reglamentación estipula que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aun los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país.
En esos términos también se modificó la "Caja de ahorros para el pago de la asignación universal por hijo para protección social" para comprender otros planes de ayuda social implementados por el gobierno nacional.
La ley 26.704 fue sancionada el 5 de septiembre pasado, promulgada el 5 de octubre y entrará en vigencia a partir de mañana.
Fuente: infobae
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