El hecho quedó registrado por las cámaras de seguridad de la carnicería en la que trabajaban. El hombre resultó intoxicado.
Jueves 25 de Septiembre de 2014 - 17:09 hs
Las cinco trabas que sufren los turistas argentinos que quieren viajar al exterior
Desde mediados de 2012, el Gobierno comenzó a aplicar una serie de restricciones que complican los planes de las personas que quieren viajar al exterior. Habrá que entregar un formulario con 32 datos.
1- Cepo al dólar
En julio de 2012, el Gobierno prohibió la compra de dólares para ahorro e implementó un sistema para poder adquirir divisas para los viajes. Los criterios para autorizar las transacciones nunca fueron transparentes. Los turistas sólo pueden hacer el requerimiento 7 días antes de la partida y deben completar un formulario en la página de la AFIP.
En 2013 el Gobierno comenzó a aplicar un impuesto de 35% a quienes son autorizados a comprar divisas para viajar al exterior. La alícuota es deducible de obligaciones fiscales. Actualmente la AFIP valida una cifra equivalente a u$s91 dólares por día.
2 - Recargo a las compras en el exterior
Noviembre de 2012. En plena sangría de las reservas del Banco Central, el Gobierno aplicó un impuesto de 15% a las compras en moneda extranjera. La alícuota es deducible de Ganancias y Bienes Personales, pero son pocas las personas que llenan el formulario.
Con el transcurso de los meses, el 15% aumentó a 20% en marzo de 2013. Y terminó siendo de 35% en diciembre del mismo año. En enero, el Gobierno anunció que bajaría la retención otra vez a 20, pero un día después el ministro de Economía admitió "un error en la comunicación" y aseguró que el impuesto seguiría sin cambios, como rige en la actualidad.
El impuesto rige también para compras por internet.
3 - Recargo a la compra de pasajes y servicios turísticos
A partir de marzo de 2013, el Gobierno empezó a aplicar el recargo de AFIP a los pasajes y a los servicios turísticos. En un principio la alícuota fue de 20 por ciento. Hoy está en 35. Es deducible de Ganancias y Bienes Personales. Las personas que no tributan estos impuestos, tienen que hacer un trámite engorroso para conseguir la devolución de los fondos.
4- Límites en la extracción de efectivo
A la par del cepo cambiario, el Gobierno impulsó medidas para dificultar el acceso a moneda extranjera en el exterior. Actualmente los turistas que viajan a países limítrofes sólo pueden extraer hasta u$s50 dólares en concepto de adelanto con la tarjeta de crédito. En el exterior el techo es de 700 dólares, pero hay bancos que unilateralmente ponen restricciones que impiden la operatoria.
También están prohibidas las operaciones con tarjetas en casinos y otras casas de apuestas.
Controles en las casas de cambio de Ezeiza
5- Un formulario de 32 datos
A partir del año que viene las empresas de vuelos internacionales estarán obligadas a presentar 32 datos sobre sus pasajeros, entre ellos las millas acumuladas, el número de asiento y el peso del equipaje de las personas que transporta. Las aerolíneas deberán consultar muchos de los datos con los pasajeros.
Los turistas tienen que tener en cuenta que sólo están habilitados a realizar compras en el exterior por un equivalente a u$s300. Caso contrario, deberán pagar un impuesto equivalente al 50% del excedente en la Aduana cuando se regresa al país.
En julio de 2012, el Gobierno prohibió la compra de dólares para ahorro e implementó un sistema para poder adquirir divisas para los viajes. Los criterios para autorizar las transacciones nunca fueron transparentes. Los turistas sólo pueden hacer el requerimiento 7 días antes de la partida y deben completar un formulario en la página de la AFIP.
En 2013 el Gobierno comenzó a aplicar un impuesto de 35% a quienes son autorizados a comprar divisas para viajar al exterior. La alícuota es deducible de obligaciones fiscales. Actualmente la AFIP valida una cifra equivalente a u$s91 dólares por día.
2 - Recargo a las compras en el exterior
Noviembre de 2012. En plena sangría de las reservas del Banco Central, el Gobierno aplicó un impuesto de 15% a las compras en moneda extranjera. La alícuota es deducible de Ganancias y Bienes Personales, pero son pocas las personas que llenan el formulario.
Con el transcurso de los meses, el 15% aumentó a 20% en marzo de 2013. Y terminó siendo de 35% en diciembre del mismo año. En enero, el Gobierno anunció que bajaría la retención otra vez a 20, pero un día después el ministro de Economía admitió "un error en la comunicación" y aseguró que el impuesto seguiría sin cambios, como rige en la actualidad.
El impuesto rige también para compras por internet.
3 - Recargo a la compra de pasajes y servicios turísticos
A partir de marzo de 2013, el Gobierno empezó a aplicar el recargo de AFIP a los pasajes y a los servicios turísticos. En un principio la alícuota fue de 20 por ciento. Hoy está en 35. Es deducible de Ganancias y Bienes Personales. Las personas que no tributan estos impuestos, tienen que hacer un trámite engorroso para conseguir la devolución de los fondos.
4- Límites en la extracción de efectivo
A la par del cepo cambiario, el Gobierno impulsó medidas para dificultar el acceso a moneda extranjera en el exterior. Actualmente los turistas que viajan a países limítrofes sólo pueden extraer hasta u$s50 dólares en concepto de adelanto con la tarjeta de crédito. En el exterior el techo es de 700 dólares, pero hay bancos que unilateralmente ponen restricciones que impiden la operatoria.
También están prohibidas las operaciones con tarjetas en casinos y otras casas de apuestas.
Controles en las casas de cambio de Ezeiza
5- Un formulario de 32 datos
A partir del año que viene las empresas de vuelos internacionales estarán obligadas a presentar 32 datos sobre sus pasajeros, entre ellos las millas acumuladas, el número de asiento y el peso del equipaje de las personas que transporta. Las aerolíneas deberán consultar muchos de los datos con los pasajeros.
Los turistas tienen que tener en cuenta que sólo están habilitados a realizar compras en el exterior por un equivalente a u$s300. Caso contrario, deberán pagar un impuesto equivalente al 50% del excedente en la Aduana cuando se regresa al país.
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