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Sábado 09 de Agosto de 2014 - 19:48 hs
Cromañón: los músicos de Callejeros volverían a prisión si se confirman las condenas
Jorge López Lecube explicó que si la Cámara Federal de Casación "confirma las condenas" por el incendio del boliche Cromañón, los integrantes del grupo Callejeros "pueden volver a ser detenidos para cumplir las penas".
De esta manera, se refirió a la decisión de la Corte Suprema de Justicia que ordenó revisar el fallo por el incendio del 30 de diciembre de 2004. Eso determinó la excarcelación del cantante de Callejeros, Patricio Fontanet, y otros ocho imputados, el fiscal insistió en la responsabilidad de los condenados por haber sido "co-organizadores" del recital.
En cuanto a las declaraciones del ex gerenciador del boliche, Omar Chabán, quien consideró "injusto" permanecer preso tras la excarcelación de integrantes de Callejeros y ex funcionarios porteños, López Lecube sostuvo que "Chabán puede decir lo que quiera, pero la Corte dejó firme su condena".
En tanto, precisó que con esta decisión, el máximo tribunal "dejó sentada que es una figura culposa y es la última figura al respecto", por lo que otro Tribunal "tratará si merecen una condena o una absolución, pero no pueden ir más allá de la figura culposa".
"La Corte no dice que esta sentencia de la Casación que los condenó, esté bien o esté mal. La Corte dice que toda persona sometida a proceso que es condenada tiene derecho a que esa condena sea revisada por otro Tribunal", señaló en diálogo con radio América. El fiscal afirmó que "si Casación confirma las condenas", los músicos de la banda Callejeros "pueden volver a ser detenidos para cumplir las penas" y destacó que, mientras se encuentren el libertad, los integrantes de la banda "pueden trabajar".
Consultado sobre quiénes cree que fueron los responsables de la tragedia, sostuvo que "los organizadores eran Chabán, los músicos, el manager (Diego Marcelo Argañaraz), y tenían todos responsabilidad porque eran co-organizadores del recital".
"Para que esto pudiera llevarse adelante tenían que obviarse ciertos controles y esto se podía obviar mediante una coima", sentenció el fiscal, quien además sostuvo que "los funcionarios públicos no cumplieron su función porque el local tenía que estar clausurado tiempo antes" de la tragedia.
López Lecube también admitió que la decisión de la Corte Suprema "puede provocar desazón de que esto no se termine nunca y que se prolongue en el tiempo", pero remarcó que las discrepancias entre los tribunales "pasan cotidianamente".
"Son las reglas que los estamos en el sistema estamos acostumbrados. No lo tomamos como algo insólito", señaló el fiscal y añadió que "son tan jueces unos como otros, para unos hay que condenarlos, para otros hay que absolverlos".
Durante el juicio oral por el incendio en el boliche del barrio porteño de Once, los músicos habían sido absueltos pero la sala III de Casación revocó esa decisión y los condenó a prisión, sin otra instancia de revisión.
Pero el último fallo de la Corte, que fue firmado por los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, tuvo en cuenta el criterio del "doble conforme" e instó a que la condena sea revisada en otra instancia, luego del dictado del fallo.
De esta manera, se refirió a la decisión de la Corte Suprema de Justicia que ordenó revisar el fallo por el incendio del 30 de diciembre de 2004. Eso determinó la excarcelación del cantante de Callejeros, Patricio Fontanet, y otros ocho imputados, el fiscal insistió en la responsabilidad de los condenados por haber sido "co-organizadores" del recital.
En cuanto a las declaraciones del ex gerenciador del boliche, Omar Chabán, quien consideró "injusto" permanecer preso tras la excarcelación de integrantes de Callejeros y ex funcionarios porteños, López Lecube sostuvo que "Chabán puede decir lo que quiera, pero la Corte dejó firme su condena".
En tanto, precisó que con esta decisión, el máximo tribunal "dejó sentada que es una figura culposa y es la última figura al respecto", por lo que otro Tribunal "tratará si merecen una condena o una absolución, pero no pueden ir más allá de la figura culposa".
"La Corte no dice que esta sentencia de la Casación que los condenó, esté bien o esté mal. La Corte dice que toda persona sometida a proceso que es condenada tiene derecho a que esa condena sea revisada por otro Tribunal", señaló en diálogo con radio América. El fiscal afirmó que "si Casación confirma las condenas", los músicos de la banda Callejeros "pueden volver a ser detenidos para cumplir las penas" y destacó que, mientras se encuentren el libertad, los integrantes de la banda "pueden trabajar".
Consultado sobre quiénes cree que fueron los responsables de la tragedia, sostuvo que "los organizadores eran Chabán, los músicos, el manager (Diego Marcelo Argañaraz), y tenían todos responsabilidad porque eran co-organizadores del recital".
"Para que esto pudiera llevarse adelante tenían que obviarse ciertos controles y esto se podía obviar mediante una coima", sentenció el fiscal, quien además sostuvo que "los funcionarios públicos no cumplieron su función porque el local tenía que estar clausurado tiempo antes" de la tragedia.
López Lecube también admitió que la decisión de la Corte Suprema "puede provocar desazón de que esto no se termine nunca y que se prolongue en el tiempo", pero remarcó que las discrepancias entre los tribunales "pasan cotidianamente".
"Son las reglas que los estamos en el sistema estamos acostumbrados. No lo tomamos como algo insólito", señaló el fiscal y añadió que "son tan jueces unos como otros, para unos hay que condenarlos, para otros hay que absolverlos".
Durante el juicio oral por el incendio en el boliche del barrio porteño de Once, los músicos habían sido absueltos pero la sala III de Casación revocó esa decisión y los condenó a prisión, sin otra instancia de revisión.
Pero el último fallo de la Corte, que fue firmado por los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, tuvo en cuenta el criterio del "doble conforme" e instó a que la condena sea revisada en otra instancia, luego del dictado del fallo.
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