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Lunes 21 de Julio de 2014 - 21:24 hs
Prohíben la venta de dos productos alimenticios
El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), dispuso la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional del pan para sandwich “Panificadora del Sol” y la “Miel de abeja 100 % El Zanganito”.
La medida dispuesta por las órdenes Nº 094 y 098 incluyó, además, el decomiso de los productos en todo el territorio nacional.
El producto citado en primer término tiene su planta elaboradora en Alem 943 de la ciudad de Barrancas, continuándose con el procedimiento correspondiente, a fin de establecer la multa pertinente, y el restante en la localidad de Matilde, ambas poblaciones santafesinas.
Al respecto, el director de la Assal, Raúl Samitier, informó que el protocolo de análisis Nº 11.772 de la Agencia, concluyó que “el producto alimenticio pan para sandwich Panificadora del Sol no cumple con la legislación alimentaria vigente, en razón de que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) se encuentra dado de baja desde el 5 de abril de 2013”.
En este sentido, sostuvo que “conforme a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, en los rótulos de los productos alimenticios es obligatorio indicar el RNE y la falta del mismo no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”.
“Todo ello -continuó- configura una infracción a lo establecido en el inciso h) del artículo 3 del decreto Nº 2126/71. Por lo que se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos y prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
En cuanto al segundo producto, Samitier indicó que el protocolo de análisis Nº 12.051 de la Agencia concluyó que “no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo de que su rótulo carece de RNE, así como de otra información obligatoria”.
La medida dispuesta por las órdenes Nº 094 y 098 incluyó, además, el decomiso de los productos en todo el territorio nacional.
El producto citado en primer término tiene su planta elaboradora en Alem 943 de la ciudad de Barrancas, continuándose con el procedimiento correspondiente, a fin de establecer la multa pertinente, y el restante en la localidad de Matilde, ambas poblaciones santafesinas.
Al respecto, el director de la Assal, Raúl Samitier, informó que el protocolo de análisis Nº 11.772 de la Agencia, concluyó que “el producto alimenticio pan para sandwich Panificadora del Sol no cumple con la legislación alimentaria vigente, en razón de que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) se encuentra dado de baja desde el 5 de abril de 2013”.
En este sentido, sostuvo que “conforme a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, en los rótulos de los productos alimenticios es obligatorio indicar el RNE y la falta del mismo no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”.
“Todo ello -continuó- configura una infracción a lo establecido en el inciso h) del artículo 3 del decreto Nº 2126/71. Por lo que se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos y prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
En cuanto al segundo producto, Samitier indicó que el protocolo de análisis Nº 12.051 de la Agencia concluyó que “no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo de que su rótulo carece de RNE, así como de otra información obligatoria”.
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