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Viernes 13 de Junio de 2014 - 17:50 hs
Procesaron a Luis D'Elía por el delito de intimidación pública
Lo decidió el juez federal Julián Ercolini; es por haber tomado por la fuerza la Plaza de Mayo hace seis años, en medio de una manifestación opositora que protestaba contra las retenciones al agro.
El juez federal Julián Ercolini procesó a Luis D\\'Elía por el delito de intimidación pública. Los hechos de los que se le acusa sucedieron hace seis años , cuando D\\'Elía tomó por la fuerza la Plaza de Mayo durante una manifestación opositora que protestaba contra las retenciones al agro.
"¡A los de la puta oligarquía, dale, dale! ¡Les vamos a meter las cacerolas en el culo!", gritaba D\\'Elía la noche del 25 de marzo de 2008. Él y los militantes que lo acompañaban provocaron corridas y arrinconaron a algunos manifestantes. El propio D\\'Elía se acercaba a los grupos, con mujeres y niños, y les gritaba en la cara: "¡Piqueteros, carajo!".
D\\'Elía le pegó una trompada en el rostro a uno de los manifestantes, por lo que fue condenado a cuatro días de prisión en suspenso.
En su resolución, el juez Ercolini consideró que "se encuentra acreditado (...) que en la noche del 25 de marzo de 2008, aproximadamente desde las 23.00 horas, Luis Angel D´Elía, luego de haberlo anunciado públicamente por diversos medios, habría irrumpido en la Plaza de Mayo y sus inmediaciones, liderando una columna de personas y, mediante actos de incitación a la violencia, habría provocado con conocimiento y voluntad de realización, temor generalizado, corridas, tumultos y desórdenes contra una considerable cantidad de manifestantes que allí se encontraba. Todo ello lo habría realizado con el designio final de desplazar a los manifestantes y ocupar territorialmente la plaza".
El magistrado también cita las declaraciones de varios testigos, que relataron la violencia que se vivió aquella noche.
La resolución también da cuenta de que cuando D´Elía hizo su descargo, dijo que esa noche se movilizó ".en nombre de todo el pueblo argentino y en defensa del orden democrático", a fin de evitar un golpe de estado de nuevo cúneo.
Sobre este punto el juez consideró "de los testimonios e imágenes surge que la manifestación estaba desarrollándose de manera pacífica, en el sentido de que no se habían producido incidentes a partir de los cuales pueda inferirse la existencia del propósito destituyente alegado por el imputado".
Para Ercolini "no cabe duda alguna acerca del conocimiento [que tenía D\\'Elía] sobre el motivo de la manifestación que fue a enfrentar violentamente, puntualmente circunscripto a un reclamo que, justo o injusto, estaba relacionado con el dictado de la aludida resolución N° 125 y no con un golpe de estado".
El procesamiento no prevé la prisión preventiva ya que el magistrado consideró que "no surge ninguna
circunstancia que permita presumir que de permanecer en libertad durante el trámite del proceso[D\\'Elía] habrá de intentar eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones, de modo que pudiere justificarse el encarcelamiento preventivo ".
"¡A los de la puta oligarquía, dale, dale! ¡Les vamos a meter las cacerolas en el culo!", gritaba D\\'Elía la noche del 25 de marzo de 2008. Él y los militantes que lo acompañaban provocaron corridas y arrinconaron a algunos manifestantes. El propio D\\'Elía se acercaba a los grupos, con mujeres y niños, y les gritaba en la cara: "¡Piqueteros, carajo!".
D\\'Elía le pegó una trompada en el rostro a uno de los manifestantes, por lo que fue condenado a cuatro días de prisión en suspenso.
En su resolución, el juez Ercolini consideró que "se encuentra acreditado (...) que en la noche del 25 de marzo de 2008, aproximadamente desde las 23.00 horas, Luis Angel D´Elía, luego de haberlo anunciado públicamente por diversos medios, habría irrumpido en la Plaza de Mayo y sus inmediaciones, liderando una columna de personas y, mediante actos de incitación a la violencia, habría provocado con conocimiento y voluntad de realización, temor generalizado, corridas, tumultos y desórdenes contra una considerable cantidad de manifestantes que allí se encontraba. Todo ello lo habría realizado con el designio final de desplazar a los manifestantes y ocupar territorialmente la plaza".
El magistrado también cita las declaraciones de varios testigos, que relataron la violencia que se vivió aquella noche.
La resolución también da cuenta de que cuando D´Elía hizo su descargo, dijo que esa noche se movilizó ".en nombre de todo el pueblo argentino y en defensa del orden democrático", a fin de evitar un golpe de estado de nuevo cúneo.
Sobre este punto el juez consideró "de los testimonios e imágenes surge que la manifestación estaba desarrollándose de manera pacífica, en el sentido de que no se habían producido incidentes a partir de los cuales pueda inferirse la existencia del propósito destituyente alegado por el imputado".
Para Ercolini "no cabe duda alguna acerca del conocimiento [que tenía D\\'Elía] sobre el motivo de la manifestación que fue a enfrentar violentamente, puntualmente circunscripto a un reclamo que, justo o injusto, estaba relacionado con el dictado de la aludida resolución N° 125 y no con un golpe de estado".
El procesamiento no prevé la prisión preventiva ya que el magistrado consideró que "no surge ninguna
circunstancia que permita presumir que de permanecer en libertad durante el trámite del proceso[D\\'Elía] habrá de intentar eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones, de modo que pudiere justificarse el encarcelamiento preventivo ".
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