Economía - Legislación

Lunes 05 de Marzo de 2018 - 08:15 hs

¿Qué impacto tendrá sobre su empresa un directivo corrupto?

Este mes entró en vigencia la ley de responsabilidad penal empresaria. Un experto detalló a qué entidades abarca y las eventuales sanciones.

Actualizado: Lunes 05 de Marzo de 2018 - 16:38 hs

Lázaro Baez o Cristóbal López son dos ejemplos de empresarios que lograron obtener un crecimiento económico exponencial a la luz de los negocios con el Estado nacional durante el kirchnerismo. Hoy, ambos están acorralados por la justicia, pero ¿qué sucede con las empresas que dirigían? ¿Pueden continuar en actividad o sufrirían algún tipo de sanción?

A eso apunta la flamante ley de responsabilidad penal empresaria que entró en vigencia este mes.

Daniel Vítolo, abogado, profesor de Derecho Comercial de la UBA y especialista en quiebras y derecho comercial, detalló por LT10 los principales aspectos de la normativa.

“Esta ley obedece a parte de un programa político. Cando el presidente (Mauricio Macri) dice que Argentina quiere ingresar a la OCDE, esas organizaciones solicitan determinados estándares de legislación vinculada a la lucha contra el lavado de dinero, a la ética pública, y una ley donde se responsabilicen a las personas jurídicas por determinados delitos cometidos contra la administración pública”, indicó.

En diálogo con el programa El Cuarto Poder, Vítolo precisó que esta legislación “abarca a todas las personas jurídicas privadas: esto es sociedades, mutuales, cooperativas, obras sociales o clubes de fútbol”.

En cuanto a las penas, explicó: “se le colocan multas que representan de dos a cinco veces el beneficio indebido que pudiera obtener (la empresa); eventualmente puede haber suspensión de actividades o inhabilitación para participar de concursos o licitaciones estatales, pierden beneficios fiscales y llega incluso hasta la disolución de la empresa cuando haya sido creada solamente para la comisión del delito o cuando los actos delictivos constituyan la principal actividad”.

“La gran mayoría de las empresas ni siquiera sabe que la ley esta en vigencia”, advirtió el profesional.

Según Vítolo, “lo que la ley persigue es que las empresas tengan un código de ética con controles internos donde haya un monitoreo, para detectar o prevenir que directivos o empleados puedan estar realizando actos de corrupción”.

Lazaro Baez y Cristóbal López

Vítolo utilizó como ejemplos de casos resonantes las situaciones de los empresarios Lázaro Baez y Cristóbal López. “Las empresas que ellos han manejado y se han enriquecido también sufrirán las consecuencias y no quedarán al margen de la sanción”, indicó.

Figura del arrepentido

Vítolo aclaró que, si bien la ley no cuenta con una figura del arrepentido, sí contempla el denominado “acuerdo de colaboración eficaz”.

“La ley permite que la empresa imputada celebre con la fiscalía un acuerdo donde pueda dar datos relevantes sobre una investigación a cambio de tener una pena menor. Este acuerdo tiene que ser negociado con el fiscal, lo tiene que aprobar el juez, y el período para determinar la veracidad de los datos aportados es de un año”, finalizó.

 

 

Audio: Daniel Vítolo

Fuente: LT10