Interés General - solo en el interior de la provincia

Miércoles 27 de Mayo de 2020 - 11:16 hs

Nuevas habilitaciones: servicio doméstico y obras de hasta 10 operarios

Mediante un decreto, el gobierno provincial habilitó estas dos nuevas actividades, pero volvió a exceptuar a Gran Santa Fe y Gran Rosario. Lo confirmó por LT10 el vocero de la Casa Gris, Leonardo Ricciardino.

Actualizado: Miércoles 27 de Mayo de 2020 - 15:25 hs

El gobierno provincial autorizó hoy la vuelta al trabajo del personal doméstico y amplió a 10 la cantidad de operarios en las obras privadas de construcción, pero volvió a exceptuar de la medida a Gran Santa Fe (Santa Fe, Santo Tomé, Recreo, Sauce Viejo, San José del Rincón, Arroyo Leyes y Monte Vera) y Gran Rosario

Así lo confirmó por LT10, Leonardo Ricciardino, vocero de la Casa Gris, quien dijo que la decisión "se da en base a la consulta del sector político con los especialistas". "El gobernador ha sido muy claro en esto: lo que establece es ir dando pasos muy pequeños, todo lo sobre seguro que se pueda para evitar el riesgo", completó.

Mediante un decreto firmado por Perotti, quedan exceptuadas "actividades en obras privadas que ocupen hasta diez trabajadores encuadrados en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción".

De esta manera, en las ciudades de Santa Fe y Rosario, al igual que las localidades adyacentes, las obras de construcción privadas seguirán con las excepciones autorizadas el 8 de mayo, es decir, con hasta cinco trabajadores por obra.

También quedó autorizada "la actividad laboral de las empleadas de casas particulares", aunque se aclara que se permitirá la labor de quienes accedan a "traslado sin uso del transporte público" e indica que se deben cumplir las medidas sanitarias y el distanciamiento.

Consultado sobre la no habilitación de los dos grandes aglomerados de la provincia, Ricciardino explicó que esto se debe al contacto estrecho de ambas ciudades con Buenos Aires, donde hay una circulación viral muy extendida.

"No es lo mismo las provincias como Entre Ríos o Jujuy en la vinculación con Buenos Aires, que Santa Fe y Rosario. Hay traslado de mercadería diario de mucho volumen, mucha circulación de gente y esto hace que haya una vigilancia epidemiológica muy fuerte".

Finalmente mencionó el caso de las actividades que aún no son autorizadas, como los jardines de infantes, gimnasios y el rubro gastronómico, y remarcó que "no es un capricho, sino qe es en base a la dificultad que presenta el desarrollo de estas actividades". 

Condiciones complementarias

El artículo 2 del decreto establece que, para poder realizar dichas actividades, el contratista deberá presentar, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, una solicitud de autorización, con carácter de declaración jurada, acompañando:

a) informe sobre la localización de la obra, sus características, las tareas a realizar, horarios de trabajo , el número de trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios a ocupar simultáneamente en esas tareas, tiempo por el que se solicita la excepción;

b) acreditación del vínculo laboral o contractual con las personas a ocupar en la obra privada;

c) presentar un Protocolo de Seguridad e Higiene particular de la obra, complementario del general aprobado (https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/wp-content/uploads/sites/36/2020/05/Protocolo-Sector-Construcci%C3%B3n-COVID-19-1.pdf), el que deberá contener una evaluación particular de los riesgos por puestos o actividad y determinar las medidas de prevención a adoptar focalizado al riesgo de contagio del Coronavirus COVID-19;

d) medidas previstas para la limpieza y desinfección general, especialmente en las áreas de mayor circulación e ingreso, indicando la periodicidad en que se concretarán;

e) modalidad de traslado de los trabajadores, alternativa al uso del transporte público de pasajeros;

También deberá contar con la autorización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, previo asentimiento del Ministerio de Salud de la Provincia.

Cabe destacar que la subsistencia de la autorización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para el desarrollo de dichas actividades y servicios está sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos establecidos (generales y particulares), en seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria.

Audio: Leo Ricciardino

Fuente: LT10/GOBIERNO DE SANTA FE