Sucesos - Tres años

Martes 20 de Marzo de 2018 - 15:48 hs

Condenan en Córdoba a un estadounidense por Grooming

Admitió haber obtenido y difundido imágenes pornográficas de dos adolescentes de 13 años a las que había seducido a través de una red social.

Actualizado: Martes 20 de Marzo de 2018 - 16:39 hs

Un estadounidense de 31 años fue condenado por la Justicia de Córdoba a tres años de prisión como acusado del delito de "grooming" ya que admitió haber obtenido y difundido imágenes pornográficas de dos adolescentes de 13 años a las que había seducido a través de una red social.

El fallo en el que se condenó a Bryan David Popplin fue emitido por el juez de Control número 3 de Córdoba, Esteban Díaz Reyna.

La condena se produjo después que el hombre, que es estudiante de arquitectura, admitiera haber cometido delitos de distribución y facilitación de imágenes pornográficas de chicos, contacto tecnológico con menores de edad con fines sexuales (grooming) y promoción a la corrupción de menores.

El imputado, que había nacido en los Estados Unidos, se ganó la confianza de una de las víctimas, oriunda Villa Carlos Paz, a través de la red social Instagram.

El hombre, a través de su cuenta "argengringo", logró que la menor le brindara su número de teléfono para continuar así el contacto por Whatsapp.

Por ese medio, Poplin, tras reiterados pedidos, logró que la menor le enviara fotos y videos de contenido sexual.

El imputado también formuló el mismo tipo de pedidos a la otra menor –que residía a unos 50 kilómetros de la ciudad de Córdoba-, desde su perfil de la red social Instagram, y logró que le enviara una fotografía.

De acuerdo con la fiscal del caso, Ingrid Vago, el hombre tuvo la aptitud suficiente para menoscabar la integridad sexual y para torcer el normal desarrollo de la sexualidad de la primera de esas víctimas, en virtud de resultar aquellos prematuros atento a la edad de la damnificada y excesivos al haber mantenido el contacto en este sentido en período de tiempo prolongado.

En el juicio abreviado, el acusado confesó haber cometido esos hechos y también admitió que había compartido con otros usuarios de la red imágenes predominantemente sexuales de una niña menor de 18 años.

La pena impuesta fue la misma con la que había propuesto la fiscal Vago, con la que estuvieron de acuerdo tanto el condenado como su abogado defensor.

Se llama "grooming" a la acción deliberada de un adulto de acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de Internet.
  Asimismo, el cyberbullying, o ciberacoso, es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales.

Fuente: NA