¿Qué hacer si la AFIP te excluyó del Monotributo?

El organismo recaudador dio a conocer un nuevo listado de excluidos. Hay tiempo de apelar hasta el martes 26.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió un nuevo listado de monotributistas excluidos que no cumplen con las condiciones y parámetros establecidos por el organismo. ¿Cómo averiguar si fuiste excluido y qué hacer para salvar la situación?

Por un lado, el organismo fiscal contactará vía mail a aquellos monotributistas que lo hayan registrado. Pero los infractores también podrán consultar la ventanilla electrónica del sitio o el portal dedicado a monotributistas, donde hay que colocar su CUIT para verificar la situación. Además, el listado completo se publica en el Boletín Oficial.

Los infractores deben darse de alta en el Impuesto a las Ganancias y el IVA, pagar impuestos sólo mediante transferencia electrónica, emitir facturas por sus operaciones, presentar las declaraciones juradas para la fecha que corresponda de acuerdo con la terminación del CUIT y exhibir el formulario n°960 de data fiscal.

Los monotributistas excluidos pueden apelar a la decisión de la AFIP hasta el martes 26 de este mes. 

Los motivos de la exclusión

La AFIP excluyó a aquellos monotributistas que hayan infringido las siguientes condiciones:

- La suma de los ingresos brutos excede el máximo establecido.

- La superficie o costo de alquiler de los locales superan los máximos establecidos.

- No alcanza la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las categorías I, J o K.

- Supera el precio máximo unitario de venta.

- Adquiere bienes o realiza gastos personales por un valor diferente a los ingresos declarados, y estos no se encuentren debidamente justificados.

- Tiene depósitos bancarios que no coinciden con los ingresos declarados en el momento de la categorización.

- Realiza importaciones de bienes o servicios.

- Realiza operaciones sin haber facturado.